Cierto es que las ávidas arcas de
la Seguridad Social necesitan ingresos con carácter urgente
y cuanto mayor número de afiliados coticen, mucho mejor.
Pero también es evidente que el servicio doméstico en Ceuta
y en Melilla llevado a cabo por asistentas transfronterizas
es un fenómeno que presenta una idiosincrasia específica que
nada tiene que ver con el resto de España. Es una
confluencia de intereses: a las familias les interesan
empleadas de hogar a precios razonables y a las trabajadoras
marroquíes les interesa ganar un sueldo.
Hasta ahora las relaciones de empleadores y empleados en el
servicio doméstico se han basado en la simple palabra, con
excepción en la Península de las asistentas o internas
extranjeras, sobre todo sudamericanas y ucranianas que sí
han necesitado un contrato de trabajo para poder acceder a
la residencia y a los derechos que ello conlleva.
Indudablemente el servicio doméstico es una actividad con
horarios laborales mucho más flexibles, sobre todo en el
caso de las asistentas en régimen de internas que es algo
que en el resto de España se está casi perdiendo porque los
sueldos son prohibitivos para una familia de economía media.
En Ceuta, afortunadamente los salarios son más razonables e
incluso con el esfuerzo por parte del empleador de pagar las
cuotas de la Seguridad Social del empleado, la relación
laboral continúa siendo ventajosa en el sentido de que no se
alcanzan los precios de la Península.
En lo relativo a la contratación de extranjeras cuando en
Ceuta existen numerosas mujeres en situación de paro que
podrían desempeñar la misma actividad que una
transfronteriza, el criterio que prevalece es la de la
libertad del empleador para decidir quien quiere que entre a
trabajar en su casa y a qué persona en concreto se confía la
responsabilidad de cuidar a los niños o a los abuelos y
hacerse cargo de las tareas del hogar. ¿Cuantas veces hemos
oído el hacer referencia a una empleada doméstica con la
frase “es cómo de la familia”? Porque realmente la empleada
pasa a convertirse en parte del núcleo familiar con una
relación laboral basada en la confianza, de ahí que los
casos de empleados infieles a sus empleadores que se
aprovechan de las circunstancias, por ejemplo, para realizar
un robo o un hurto, aparezcan con la agravante de “abuso de
confianza” cómo circunstancia modificativa de la
responsabilidad criminal. Pero, leyes aparte, sí es cierto
que muchas ceutíes que se encuentran en el paro podrían
trabajar contratadas por familias. De hecho la situación de
crisis ha hecho que muchas trabajadoras que se han quedado
sin empleo por el cierre de sus empresas han tenido que
acudir a las agencias que se ocupan de buscar servicio
doméstico para las casas y pasar de estar detrás de un
mostrador o incluso en una oficina, a trabajar “por horas” o
emplearse en cuidar a ancianos o a personas incapacitadas.
Trabajos que antes parecían desempeñar tan solo las
inmigrantes están pasando a ser ocupados por mujeres de una
clase media empobrecida, cuando no arruinada, por la crisis.
Exactamente igual que pasa en las campañas agrícolas donde
los parados españoles están sustituyendo a los extranjeros
¿Y resulta insolidario dar trabajo a extranjeras teniendo a
cientos de españolas en el paro? Son circunstancias muy
especiales e impera la libertad de elección de las familias,
unas familias que a los precios de la Península tal vez no
podrían tener a una empleada de hogar.
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