El Decreto 2/2012 de la Junta de
Andalucía en el que se regula el régimen de las
edificaciones y asentamientos existentes en suelo no
urbanizable a lo largo y a lo ancho de la Comunidad
Autónoma, vio la luz con el enfrentamiento declarado y
virulento de los colectivos ecologistas y de algunos
partidos, por entender que se iba a producir una especie de
regularización en plan “papeles para todos”. Cuando no es
así ya que el Decreto, que no es precisamente una obra
maestra de la normativa urbanística sino que resulta
farragoso y lleno de lagunas (pero el mérito es que “está” y
medio regula) al menos aclara que su objetivo es “clarificar
el régimen aplicable a las distintas situaciones en que se
encuentran las edificaciones existentes en suelo no
urbanizable, estableciendo los requisitos esenciales para su
reconocimiento por el Ayuntamiento y su tratamiento por el
planeamiento urbanístico” De entrada complicado porque viene
a establecer un régimen jurídico distinto:
1º.-Para las edificaciones aisladas
2º.-Para los asentamientos urbanos
3º.-Para los hábitat rurales diseminados.
El caso de Andalucía no es el de Ceuta ya que la Junta
estima que existen miles de edificaciones “aisladas” con lo
que presumo que son las casas rurales que construyen a
partir de un simple cobertizo o de un granero y en medio de
los campos. E incluso para legalizar estas viviendas
“aisladas” estas tienen que reunir unos requisitos cómo el
no encontrarse en suelos especialmente protegidos, en suelos
destinados a dotaciones públicas, en terrenos de la zona de
influencia del litoral (¡adiós a las casitas de los
pescadores!),en suelos con ciertos riesgos (supongo que se
refiere a cercanía con cauces de ríos o torrenteras) y en
suelos con parcelaciones urbanísticas que no constituyan un
asentamiento urbanístico y para la que no haya transcurrido
el plazo para el restablecimiento del orden urbanístico
infringido, si no se ha procedido a la reagrupación de las
parcelas.
Realmente el Decreto andaluz parece ir encaminado a tratar
de legalizar construcciones meramente rurales, en plan
pequeños cortijos de la gente del campo que lo destinan a
uso agrícola, ganadero, forestal e incluso las casitas de
turismo rural. Nada tiene por tanto que ver con la situación
de Ceuta donde se ha venido construyendo, no en medio de los
campos, sino en suelo no urbanizable, sin ningún tipo de
licencia y en las que resulta casi imposible llevar a cabo
una legalización.
Por más que se ejecuten todos los actos preparatorios que
los Ayuntamientos deben realizar para la identificación de
dichas edificaciones en base al Plan General de Ordenación
Urbana que se encuentre en vigor y no esté recurrido, amen
de exigir que las edificaciones presenten las condiciones
mínimas de habitabilidad, todo a fuerza de Planes
Municipales y Autonómicos de Inspección Urbanística que son
quienes han de detectar y denunciar la irregularidad
existente.
Este Decreto de la Junta Andaluza, al referirse a casos que
no se dan en Ceuta ya que las condiciones y la propia
geografía son distintas, se ve enfocado al mundo rural, pero
al menos se trata de regularizar algunas edificaciones que
comenzaron ilegalmente pero que no vulneran el tema de los
suelos protegidos, no urbanizables y demás. La realidad
ceutí ha venido contemplando impávida la proliferación de
construcciones ilegales en los lugares más insospechados y
la Fiscalía parece no haber tenido jamás la iniciativa de
dirigirse al Fiscal de Medio Ambiente de Cádiz. Se ha vivido
en una especie de “limbo jurídico y administrativo” que
suponga el que haya que tomar medidas legales al respecto.
Atendiendo caso por caso, expediente por expediente y desde
la perspectiva de que no son supuestos análogos la
ampliación de una casa en una determinada barriada que no es
más que una licencia de obras de una u otra casa, que la
construcción en suelo no urbanizable y además sin ningún
tipo de licencia. Los PGOUs comprometen mucho y Andalucía en
general y la Costa del Sol en particular, presentan una
larga trayectoria de PGOUs fallidos o rechazados,
recalificaciones que acaban en los banquillos de los
acusados e infracciones urbanísticas a granel, este Decreto
es un “parche” pero al menos “es algo”.
La alarma inicial de los ecologistas andaluces que han visto
sistemáticamente denunciando la proliferación del cemento en
detrimento de los árboles, no resulta excesivamente fundada.
Tampoco afecta al hábitat que la gente del campo amplíe el
cobertizo y se construya una casa, siempre que no sea
espacio verde ni protegido. Lo dicho, un buen PGOU en el que
el verde “se coma” al cemento y al ladrillo y un buen Plan
Municipal y Autonómico de Inspección Urbanística, actuando a
ser posible en concurso y paralelamente con la Fiscalía de
Medio Ambiente.
Los andaluces no tienen “lo mejor” y la aplicación del
Decreto es complicada, pero al menos el tema de la legalidad
urbanística “se mueve” y ya no solo en los pasillos de los
Juzgados, imputado va, imputado viene, sino en el plano de
la Administración para buscar soluciones, siempre que las
haya.
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