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OPINIÓN - MARTES, 15 DE MAYO DE 2012

 

OPINIÓN / ANALISIS

¿Cabe un Decreto similar al andaluz en Ceuta?
 


Nuria de Madariaga
opinion@elpueblodeceuta.com

 

El Decreto 2/2012 de la Junta de Andalucía en el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable a lo largo y a lo ancho de la Comunidad Autónoma, vio la luz con el enfrentamiento declarado y virulento de los colectivos ecologistas y de algunos partidos, por entender que se iba a producir una especie de regularización en plan “papeles para todos”. Cuando no es así ya que el Decreto, que no es precisamente una obra maestra de la normativa urbanística sino que resulta farragoso y lleno de lagunas (pero el mérito es que “está” y medio regula) al menos aclara que su objetivo es “clarificar el régimen aplicable a las distintas situaciones en que se encuentran las edificaciones existentes en suelo no urbanizable, estableciendo los requisitos esenciales para su reconocimiento por el Ayuntamiento y su tratamiento por el planeamiento urbanístico” De entrada complicado porque viene a establecer un régimen jurídico distinto:

1º.-Para las edificaciones aisladas

2º.-Para los asentamientos urbanos

3º.-Para los hábitat rurales diseminados.

El caso de Andalucía no es el de Ceuta ya que la Junta estima que existen miles de edificaciones “aisladas” con lo que presumo que son las casas rurales que construyen a partir de un simple cobertizo o de un granero y en medio de los campos. E incluso para legalizar estas viviendas “aisladas” estas tienen que reunir unos requisitos cómo el no encontrarse en suelos especialmente protegidos, en suelos destinados a dotaciones públicas, en terrenos de la zona de influencia del litoral (¡adiós a las casitas de los pescadores!),en suelos con ciertos riesgos (supongo que se refiere a cercanía con cauces de ríos o torrenteras) y en suelos con parcelaciones urbanísticas que no constituyan un asentamiento urbanístico y para la que no haya transcurrido el plazo para el restablecimiento del orden urbanístico infringido, si no se ha procedido a la reagrupación de las parcelas.

Realmente el Decreto andaluz parece ir encaminado a tratar de legalizar construcciones meramente rurales, en plan pequeños cortijos de la gente del campo que lo destinan a uso agrícola, ganadero, forestal e incluso las casitas de turismo rural. Nada tiene por tanto que ver con la situación de Ceuta donde se ha venido construyendo, no en medio de los campos, sino en suelo no urbanizable, sin ningún tipo de licencia y en las que resulta casi imposible llevar a cabo una legalización.

Por más que se ejecuten todos los actos preparatorios que los Ayuntamientos deben realizar para la identificación de dichas edificaciones en base al Plan General de Ordenación Urbana que se encuentre en vigor y no esté recurrido, amen de exigir que las edificaciones presenten las condiciones mínimas de habitabilidad, todo a fuerza de Planes Municipales y Autonómicos de Inspección Urbanística que son quienes han de detectar y denunciar la irregularidad existente.

Este Decreto de la Junta Andaluza, al referirse a casos que no se dan en Ceuta ya que las condiciones y la propia geografía son distintas, se ve enfocado al mundo rural, pero al menos se trata de regularizar algunas edificaciones que comenzaron ilegalmente pero que no vulneran el tema de los suelos protegidos, no urbanizables y demás. La realidad ceutí ha venido contemplando impávida la proliferación de construcciones ilegales en los lugares más insospechados y la Fiscalía parece no haber tenido jamás la iniciativa de dirigirse al Fiscal de Medio Ambiente de Cádiz. Se ha vivido en una especie de “limbo jurídico y administrativo” que suponga el que haya que tomar medidas legales al respecto. Atendiendo caso por caso, expediente por expediente y desde la perspectiva de que no son supuestos análogos la ampliación de una casa en una determinada barriada que no es más que una licencia de obras de una u otra casa, que la construcción en suelo no urbanizable y además sin ningún tipo de licencia. Los PGOUs comprometen mucho y Andalucía en general y la Costa del Sol en particular, presentan una larga trayectoria de PGOUs fallidos o rechazados, recalificaciones que acaban en los banquillos de los acusados e infracciones urbanísticas a granel, este Decreto es un “parche” pero al menos “es algo”.

La alarma inicial de los ecologistas andaluces que han visto sistemáticamente denunciando la proliferación del cemento en detrimento de los árboles, no resulta excesivamente fundada. Tampoco afecta al hábitat que la gente del campo amplíe el cobertizo y se construya una casa, siempre que no sea espacio verde ni protegido. Lo dicho, un buen PGOU en el que el verde “se coma” al cemento y al ladrillo y un buen Plan Municipal y Autonómico de Inspección Urbanística, actuando a ser posible en concurso y paralelamente con la Fiscalía de Medio Ambiente.

Los andaluces no tienen “lo mejor” y la aplicación del Decreto es complicada, pero al menos el tema de la legalidad urbanística “se mueve” y ya no solo en los pasillos de los Juzgados, imputado va, imputado viene, sino en el plano de la Administración para buscar soluciones, siempre que las haya.
 

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