Unanimidad en el veredicto del jurado popular que emitió en
la madrugada de ayer su veredicto sobre las circunstancias
concurrentes en el denominado crimen de San Amaro. El joven
de 20 años Ángel José P.G. es, desde la perspectiva del
jurado, el autor del asesinato de su padrastro Francisco
José Forés Pecino, acaecido el 26 de mayo de 2010 en el
domicilio familiar de la barriada de San Amaro. En
principio, también se ha aceptado el atenuante de trastorno
mental, lo que podría finalmente determinar la cuantía de la
pena de cárcel que recaerá sobre el acusado: aproximadamente
unos 15 años de prisión.
El jurado popular se pronunció en torno a las dos de la
madrugada de ayer, en una maratoniana sesión que puso punto
y final al juicio que se venía celebrando desde el pasado
lunes en la Sección VI de la Audiencia Provincial contra
Ángel José P.G., acusado de matar a sangre fría a su
padrastro, Francisco José Forés Pecino, el 26 de mayo de
2010 en el domicilio familiar de la barriada de San Amaro.
El jurado, por unanimidad, se pronunció a favor de las tesis
del Ministerio Fiscal y de la acusación popular dictando por
unanimidad un veredicto de culpabilidad por el delito de
asesinato. La defensa del acusado abogaba por una pena de
homicidio con atenuantes, por lo que pedía 5 años de cárcel.
En principio, según fuentes judiciales, el acusado podría
ser condenado a unos 15 años de prisión, una vez que se
conozca la sentencia que dicte el magistrado-presidente de
la Sala, Jesús Carlos Bastardés, atendiendo al veredicto del
jurado.
También por unanimidad, el jurado apreció el atenuante de
trastorno mental leve -el acusado padece síndrome de
Asperger, una especie de autismo atenuado- lo que haría
rebajar la pena por asesinato, que puede ser de hasta 20
años de cárcel, hasta 15.
El jurado consideró en su veredicto que aunque la capacidad
volitiva -la voluntad- del acusado podría estar afectada, su
capacidad intelectiva no lo estaría. Sabía, pues, lo que
estaba haciendo.
Hay que recordar que el jurado se ha pronunciado en torno a
las preguntas objeto de veredicto que elaboró el
magistrado-presidente en torno al caso. Así, otro de los
puntos sobre los que tenía que deliberar el jurado era en
cuanto al hecho de reconocer la confesión del acusado como
un atenuante.
El jurado coincidió en reconocer que Ángel José confesó el
crimen a la Policía Nacional y también en el juzgado de
instrucción que se hizo cargo en un principio del crimen. No
obstante, el jurado reconoce de igual modo que el acusado no
mantuvo dicha confesión durante el juicio. En este punto,
será determinante la decisión final que adopte el
magistrado-presidente en torno a apreciar la confesión como
atenuante, lo que podría suponer para el acusado una pena
incluso menor a los 15 años de prisión.
“Se buscaba una condena por asesinato -indicó el abogado
representante de la acusación particular, Javier Cabillas-,
aunque en cuanto al atenuante por trastorno mental, desde el
momento en el que el propio Ministerio Fiscal reconoció
dicho atenuante, al jurado le llega esa opinión”.
En torno al atenuante de confesión, Cabillas puso de relieve
que tanto él como el Ministerio Fiscal entienden que “no
mantuvo” la confesión donde debería haberlo hecho
finalmente, esto es, en la sala de vistas de la Sección VI
de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. El jurado
también se pronunció en contra de apreciar una eximente
incompleta por trastorno mental del acusado. Prácticamente
todas las preguntas que planteó como objeto de veredicto el
magistrado Jesús Carlos Bastardés fueron contestadas en uno
u otro sentido por unanimidad del jurado, excepto en alguna
cuestión en la que hubo una discrepancia irrelevante, con 8
votos a 1. Cabe recordar que el jurado popular estaba
compuesto por once personas -seis hombres y cinco mujeres-
de los cuales dos eran suplentes, aunque tuvieron que estar
presentes en todos los momentos del juicio.
Una vez obtenido el veredicto del jurado, será el turno del
magistrado-presidente, quien dictará sentencia que
individualice la pena, dando forma jurídica al resultado de
la vista oral celebrada con jurado popular desde el pasado
lunes.
Como hechos probados que determinan el veredicto de
asesinato, se deduce de todo lo puesto de relieve durante el
juicio que Ángel José P.G., estuvo toda la tarde del día 25
de mayo con un amigo al que en repetidas ocasiones le
manifestó su deseo de matar a su padrastro. Incluso le dijo
a su amigo si conocía a alguien en la barriada Príncipe
Alfonso capaz de matar por encargo. Esa misma tarde se
interesó por comprar una pistola en un establecimiento de la
Gran Vía.
Sobre las 03.00 horas del 26 de mayo, entró subrepticiamente
en el domicilio familiar; para ello incluso quemó una cuerda
que sus familiares habían colocado en torno a la cerradura
de la casa. Entró y se dirigió a la cocina, donde cogió un
cuchillo jamonero de 25 centímetros de hoja. Fue a su cuarto
y se desvistió, quedándose en calzoncillos. Se puso unos
guantes, y armado con el cuchillo se dirigió por el pasillo
hasta el cuarto donde dormía su padrastro. Una vez allí, sin
encender la luz, gateó hasta llegar a donde dormía su
padrastro. En el juicio reconoció que estuvo unos minutos
pensando qué hacer hasta que se decidió: se incorporó y
sorpresivamente asestó una única cuchillada que entró por el
último espacio intercostal izquierdo de la víctima,
atravesándola, con orificio de salida por la región lumbar.
Francisco José Forés Pecino falleció como consecuencia de un
shock hipovolémico, esto es, una pérdida masiva de sangre.
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El abogado defensor piensa recurrir la sentencia cuando se
dicte
El letrado defensor de Ángel José
P.G., Abselam Abderrahaman Maate, ya anunció ayer que piensa
recurrir en base a la sentencia que dicte el
magistrado-presidente de la Sala. “No compartimos que se
califique el crimen como asesinato. Nosotros dijimos desde
el primer momento que era un homicidio”. La defensa insistió
ayer, en una rápida valoración en torno al veredicto del
jurado sobre el caso, que está probado que el acusado tiene
mermada su conducta volitiva, lo que desde su punto de vista
pone de relieve que “no comete acciones con libre
discernimiento, por lo que no puede cometer un hecho
alevoso, lo que implicaría el asesinato”.
En cuanto a los atenuantes se congratuló por lo que supone
de reducción de pena. Señaló que confía en que la sentencia
final acoja también el atenuante de confesión. Se da por
sentado que el joven confesó ante la policía y el juez
instructor del caso en un primer momento, aunque no mantuvo
dicha confesión en el juicio.
“Son cosas excluyentes. Es un hecho objetivo que colaboró
con la Policía incluso cuando aún no estaba abierto el
procedimiento”, dijo en relación a la confesión.
Abselam Abderrahaman Maate se mostró muy crítico con la
actitud del Ministerio Fiscal, ya que según dijo, comenzó
pidiendo veinte años de prisión y acabó pidiendo quince:
“fue picando a menos, lo que me parece cicatero por su
parte. Yo, desde luego, es que no me aclaro con este
asunto”, añadió el abogado. En este punto, dijo que el
acusado de matar a su padrastro “es un pobre desgraciado,
que ahora está sin familia, sin nadie, es un enfermo que
debería ir en todo caso a una prisión con unidad de salud
mental. Lo que aquí ha pasado es que se ha pensado que hay
que dar ejemplo con un loco. Es algo que no logro entender”,
dijo.
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