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OPINIÓN - MARTES, 8 DE MAYO DE 2012

 
OPINIÓN / XI CONGRESO REGIONAL DEL PARTIDO POPULAR DE CEUTA

El PP de Ceuta ha confeccionado la Ponencia de Estatutos

Por Juan de Seoane


El Partido Popular de la Ciudad de Ceuta ha confeccionado la Ponencia de Estatutos de cara al próximo Congreso del día 19 de este mes, con una serie de declaración de principios en la que se define ideológicamente como un partido de centro reformista y asume como principios de gestión pública la austeridad, la transparencia, la estabilidad presupuestaria, y el control del déficit.

Sus pronunciamientos también se manifiestan por el derecho a la vida, la integración y el respeto a las minorías la defensa y solidaridad con las víctimas de cualquier tipo de violencia, asi como el respeto al medio ambiente promoviendo la sostenibilidad y los hábitos ecológicos.

Los Estatutos del PP que serán sometidos a debate en el próximo Congreso muestran “la vocación europeísta del partido inspirada en los valores de la libertad, la democracia, la tolerancia y el humanismo cristiano de tradición occidental”.

El PP defiende la denominada en sus Estatutos “democracia liberal” y también en bae a las nuevas tecnologías “la vitual” con sentido participativo a través de las redes sociales y con la apertura de nuevos canales de omunicación, a fin de manifestar su voluntad de mantenerse “próximo al pulso de la calle” con el ecrcamiento al sentir de los ciudadanos. Por ello, en uno de sus párrafos y en alusión a su compromiso político, recoge la siguiente frase: “Hemos de tener sedes sin puertas abiertas a participación”. Y en este mismo sentido, la declaración de principios recogida en la ponencia de Estatutos es muy concreta y habla de “abrir cauces de participaci´n que posibiliten la ósmosis entre el partido y la sociedad”.

Esta ponencia a la que hacemos referencia incorpora el Código de Buenas Prácticas “para responder a comportamientos indeseables de sus miembros”.

En la Carta de Compromisos que incorpora la Ponencia de Estatutos se alude a varoos aspectos de interés. Por ejemplo: “Los cargos públicos han de hacer una declaración de bienes y actividades al ser nombrados” y se les insta, en la normativa redactada al efecto, separar claramente lo público de lo privado. Además, se considera falta falta muy grave aprovecharse de tránsfugas de otrs partidos para obtener o cambiar mayorías de gobierno.

Los trabajos han sido realizados por el abogado José Angel Guerrero Miralles, la senadora, Luz Elena Sanín Naranjo y el secretario general de Nuevas Generaciones Jesús Perea Pacheco. Hasta el día 10 se ha abierto un plazo para presentar enmiendas y, una vez concluído, se cerrará el proceso de aportaciones, quedando la Ponencia de Estatutos lista para ser debatida.

A continuación resumimos una serie de epígrafes de la Ponencia de Estatutos del Partido Popular de Ceuta que por su interés hacemos públicos

Preámbulo

En los sistemas que en Ciencia Política se definen como de “Democracia Liberal”, los partidos políticos juegan un papel esencial. En torno a los mismos se articula la participación ciudadana y sobre ellos se fundamenta toda la arquitectura institucional de representación política. Podemos pues afirmar que, aunque no los únicos, sí son los principales pilares sobre los que descansan las sociedades democráticas avanzadas. A tenor de lo dicho, del buen funcionamiento de los partidos políticos, de su sintonía con la sociedad, de su resistencia democrática a la corrupción y los comportamientos éticamente reprobables, de su capacidad de adaptación a las mudables circunstancias sociales, económicas y políticas, de su apertura a la interlocución social, de su aptitud para defender lo esencial de un pensamiento político estable y, a la vez, introducir en su ideario y praxis aquellos elementos deseables para el buen gobierno de la cosa pública. En suma: de su permanente renovación depende la salud de la democracia. En este sentido, los estatutos de un partido político son algo más que un código de funcionamiento interno, y ello es así porque a través de las reglas autoimpuestas se transparenta hacia la sociedad la genuina voluntad de la organización partidaria de hacer realidad su ideario. Si pretendemos trasladar a los ciudadanos una determinada forma de entender la convivencia, deberemos ineludiblemente reflejar en nuestra propia organización esas ideas. Es el clásico “predicar con el ejemplo”.

Vivimos en la actualidad un momento histórico complejo en el que trastornos económicos de todos conocidos han impactado con especial virulencia en nuestro país. En esta tesitura el propio modelo de “Democracia Liberal” se ve tensionado y, desde algunas franjas del espectro político y social, se cuestionan su legitimidad y viabilidad. También por las mismas circunstancias, a las que se suman avatares diversos, los partidos políticos y la propia condición de “político” están sometidos a una profunda y demoledora erosión crítica. En este escenario es vital, imperativo, que el Partido Popular, depositario de un caudal de confianza del pueblo español de magnitud gigantesca, haga honor a este hecho y a su impecable historial democrático, dando pasos decididos en pos de una mayor transparencia, una defensa sin fisuras de los fundamentos éticos de la actuación política y un exhaustivo esfuerzo de conexión con el conjunto de la sociedad española. El Partido Popular manifiesta su voluntad de mantenerse próximo al pulso de la calle, a la realidad individual y social en que se desenvuelve y de aumentar el grado de interacción, sintonía, información y participación con los ciudadanos. Los últimos resultados electorales nos confirman que se está en la buena senda, pero no puede servir para conformarnos. Hemos de ser ambiciosos y lograr que cualquier ciudadano, afiliado o no, votante o no del Partido Popular, vea con naturalidad y complicidad nuestras sedes, nuestras reuniones y nuestra actividad. Hemos de aspirar a que sean sus sedes, sus reuniones y su actividad. El Partido Popular reitera su compromiso y adhesión al modelo constitucional que articula la unidad y pluralidad de España. Por eso, la bandera Nacional, la de la Unión Europea y la de la Ciudad Autónoma de Ceuta , presidirán los Congresos, Convenciones o cualquier otro acto de relevancia organizado por nuestro partido.

Los presentes estatutos quieren dar respuesta a esta triple exigencia y, al mismo tiempo, profundizar en la articulación de un modelo de partido eficaz y eficiente, sólido y ágil a la vez. Para ello incorporamos a nuestra normativa los principios del Código de Buenas Prácticas que, más allá de la declaración de intenciones, deviene en norma de obligado cumplimiento. Se refuerza y agiliza la capacidad de la organización para responder ante comportamientos indeseables de sus miembros y se establece una temporalidad en la respuesta ante los mismos, al tiempo que se fijan con precisión los supuestos en que la organización debe actuar apartando a alguno de sus miembros que haya infringido alguno de los principios éticos. Por otra parte, los cambios sociales experimentados en los últimos años requieren de los partidos políticos un ingente esfuerzo de adaptación, especialmente en lo que se refiere a la participación ciudadana. El permanente contacto con la gente es condición “sine qua non” para que la ciudadanía no vea a los partidos políticos como compartimentos estancos ocupados en sus intereses de grupo y ajenos a las corrientes de opinión imperantes en la sociedad. Hay que hacer un mayor esfuerzo en recoger las opiniones e iniciativas de la personas. Esto se ve favorecido, además, por el desarrollo imparable de las tecnologías de la información y de la comunicación que amplía y facilita los modos de comunicación en una magnitud hasta ahora impensable. El Partido Popular, atento a la evolución social y deseoso de continuar perfeccionándose como instrumento de servicio a la sociedad, tiene vocación de desarrollar nuevos canales de participación de la personas en la configuración de la base ideológica del partido y de su praxis política. En este sentido, desde el Partido Popular queremos desarrollar aquellos mecanismos que posibiliten la ósmosis permanente entre nuestra organización y el conjunto de la sociedad española.

Por todo ello, en los presentes estatutos aseguramos una configuración interna del aparato del partido que eleva la participación ciudadana al máximo nivel, fijándose nuevos escenarios de intercomunicación con la sociedad de carácter estable y permanente en el tiempo, de modo que se facilite el acceso de la personas a nuestro partido para interrogar, aportar o cuestionar todos aquellos extremos de su interés. Se dan importantes pasos para que el acercamiento de ciudadanos al partido sea más fácil, natural y sencillo. Nuestras sedes no pueden seguir viéndose meramente como el local de un partido político, sino como un foro de participación social, información y propuestas.

Hemos de tener “sedes sin puertas”, en las que cualquier ciudadano pueda entrar, informarse, y participar. Sedes en las que se ofrezca a cualquier afiliado, sea militante o simpatizante la posibilidad de que con sus ideas y propuestas pueda cambiar las cosas, tenga capacidad real de incidencia en la actividad de partido e institucional. Para defender la “Democracia Liberal” es preciso también practicar la democracia virtual utilizando todos los recursos de la Red puestos al servicio de una concepción participativa de la democracia que el Partido Popular preconiza. En tiempos de crisis, nuestro compromiso político se amplía y redefine a la vez que se potencia nuestro carácter reformista. Por un lado, en la vertiente económica, la generación de empleo, la financiación de las empresas, la reactivación económica y la racionalización de las administraciones públicas son y deben seguir siendo objeto de importantes reformas para salir de esta situación y mirar hacia el futuro con confianza. Por otro lado, la crisis nos ofrece un panorama desolador de familias hundidas y desesperadas que hace sólo unos años tenían vidas normales en condiciones normales. A ellos dirigimos especialmente nuestros esfuerzos reformistas, a ayudarlos a encontrar de nuevo empleo, a que vuelvan de nuevo a la vía del optimismo y la alegría pero, mientras tanto, daremos respuesta a sus necesidades acuciantes con ayudas y protección social. Ellos son nuestra máxima prioridad.

Haciendo suyos los precedentes argumentos y manifestaciones, y desde la ejemplaridad, la honradez, la transparencia y la abnegación en el servicio público y desde la apertura participativa más intensa, el Partido Popular de Ceuta quiere seguir contribuyendo, como hasta ahora, al logro de una democracia estable, fructífera, equitativa y capaz de proveer a toda la ciudadanía de los instrumentos necesarios para el total desarrollo de las capacidades individuales. Los presentes estatutos quieren ser un paso, modesto pero firme, en esa dirección, armonizándose respecto de tales criterios los presentes Estatutos del Partido Popular de Ceuta con los Estatutos del Partido Popular de España.

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1: Ámbito, régimen legal, denominación y domicilio.

1.- El Partido Popular de Ceuta es un partido político de ámbito regional, siendo su ámbito territorial la Ciudad Autónoma de Ceuta, que, constituido al amparo del artículo 6 de la Constitución Española, se rige por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, por las demás disposiciones legales vigentes, por los presentes Estatutos y por los Reglamentos que los desarrollen que deberán interpretarse conforme a los principios y valores constitucionales y de la Unión Europea.

2.- El Partido Popular llevará registros contables detallados que permitan en todo momento conocer su situación financiera y patrimonial, así como el cumplimiento de las obligaciones previstas en la legislación reguladora de la financiación de partidos políticos.

3.- Las siglas del Partido Popular de Ceuta son PP Ceuta, y su logotipo está integrado por las palabras “Partido Popular Ceuta” cobijadas bajo un símbolo que representa una gaviota con las alas desplegadas. Este logotipo podrá ser modificado por acuerdo de la Junta Directiva Nacional, sin necesidad de alterar los presentes Estatutos, debiendo ser ratificada dicha modificación, en el siguiente Congreso Nacional. Si tal modificación se produjere, inmediatamente será asumida por el Partido Popular de Ceuta previa ratificación del Comité Ejecutivo Regional de Ceuta.

Las restantes especificaciones técnicas, así como su forma abreviada, se determinarán en el manual de identidad corporativa que será aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional y ratificado en la siguiente Junta Directiva Nacional. Posteriormente, serán trasladadas tales modificaciones al Partido Popular de Ceuta previa aprobación del Comité Ejecutivo Regional.

ARTÍCULO 2: Ideología.

1.- El Partido Popular de Ceuta se define como una formación política de centro reformista al servicio de los intereses generales de Ceuta y, en su medida, de España que:

Defiende la dignidad del ser humano y los derechos y libertades que le son inherentes.

Tiene a la persona como eje de su acción política y el progreso social como uno de sus objetivos.

En contacto con la sociedad, se ocupa de atender las preocupaciones de las personas y las familias y propone soluciones a sus problemas reales.

Propugna la democracia y el Estado de Derecho como base de una convivencia pluralista, en libertad e igualdad de todos los españoles amparada por la Constitución.

Asume como principios de la gestión pública la eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, la austeridad y la transparencia, la estabilidad presupuestaria, el control del déficit y el no solapamiento de competencias entre administraciones.

Promueve, dentro de una economía de mercado sostenible, la solidaridad de las demás regiones y comunidades con Ceuta y viceversa, la modernización y la cohesión social, así como la igualdad de oportunidades y el protagonismo de la sociedad a través de la participación de los ciudadanos en la vida política.

Se compromete, en el marco de las competencias estatales y nacionales al respecto, con una clara vocación europeísta inspirada en los valores de la libertad, la democracia, la tolerancia y el humanismo cristiano de tradición occidental.

Aboga por una comunidad mundial fundamentada en la paz, en la democracia y en el universal respeto de los derechos humanos, fomentando el protagonismo internacional de España, especialmente en el seno de la Unión Europea y en las relaciones con los países Iberoamericanos, siempre dentro de las actuaciones que el Partido Popular nacional realice en orden a tales fines.

Favorece el respeto al medio ambiente dentro de su ámbito territorial a través de actuaciones que promuevan la sostenibilidad y los hábitos ecológicos.

2.- Mediante las ponencias políticas, los Congresos Regionales:

Afirman, actualizan y contextualizan los principios, valores, ideario y prioridades del Partido que inspiran sus programas electorales y de gobierno.

Vinculan la actuación de su estructura de partido e implantación territorial a la participación ciudadana y a una mejor conexión con la sociedad a la que sirven.

Ofrecen un código político y ético a los órganos de gobierno en las instituciones y a los grupos institucionales del Partido con la finalidad de prestar unos servicios públicos eficientes y de calidad, mejorar el bienestar de los ciudadanos y su calidad de vida, así como ejercer una gestión austera, eficaz y transparente.

ARTÍCULO 3: Compromiso político. El Partido Popular de Ceuta quiere distinguir su actuación general por un compromiso renovado con el derecho a la vida, la integración y el respeto a las minorías, y la defensa y solidaridad con las víctimas de la violencia en todas sus manifestaciones, así como la protección del medio ambiente. Un compromiso con personas, familias y empresas que en la actualidad se centra en la creación de empleo, la protección de la sociedad del bienestar y la gestión austera, honesta, eficiente y transparente de las administraciones públicas dentro de ámbito territorial. El Partido Popular de Ceuta, a través de su integración en el Partido Popular nacional proyecta su actividad a través de las organizaciones políticas europeas, iberoamericanas e internacionales de las que forma parte y en especial del Partido Popular Europeo y de la Internacional Demócrata de Centro. El compromiso político del Partido Popular se expresa así con la vocación abierta y global que exigen los grandes desafíos de nuestra sociedad en el siglo XXI.

Régimen Disciplinario

Sección Primera DE LAS INFRACCIONES DISCIPLINARIAS

ARTÍCULO 12: Definición y clases.

1.- El Régimen disciplinario del Partido Popular tiene como finalidad conocer de cuantas infracciones de carácter disciplinario se produzcan, tramitando y resolviendo los procedimientos correspondientes con sujeción a lo establecido en este Título y a lo que reglamentariamente se establezca.

ARTÍCULO 13: Infracciones muy graves.

1.- Cometen infracción muy grave quienes incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Atentar contra cualesquiera de los derechos o deberes fundamentales de los afiliados reconocidos en la Constitución.

b) Incurrir en cualquier forma de corrupción en el ejercicio de cargos públicos.

c) La condena por un delito doloso que por su naturaleza o por las circunstancias en las que se haya cometido se considere incompatible con las obligaciones y deberes éticos establecidos en los presentes estatutos, según valoración motivada del Comité de Derechos y Garantías competente.

d) Por manifiesta deslealtad al Partido, a sus órganos de Gobierno y representación, entendida ésta como toda acción u omisión voluntaria encaminada a perjudicar el interés general del Partido.

e) La desobediencia a las instrucciones o directrices que emanen de los órganos de gobierno y representación del Partido, así como de los Grupos Institucionales del mismo.

f) Toda manifestación o declaración hecha con publicidad, que incite al incumplimiento o descalificación de las decisiones válidas y democráticamente adoptadas por los órganos de gobierno y representación del Partido, o de los Grupos Institucionales del mismo.

g) Manipular o atentar de cualquier modo contra la libre decisión de los órganos inferiores.

h) Crear o inducir a la creación de corrientes de opinión, contrarias a los intereses del Partido, organizadas en su seno, así como participar en ellas.

i) Actuar en el ejercicio de los cargos públicos en forma contraria a los principios y programas del Partido o incumplir el régimen de incompatibilidades establecido en el artículo 7.2 de los presentes Estatutos.

j) Revelar a terceros cualquier acuerdo, resolución o decisión del Partido o de sus Grupos Institucionales cuando se haya acordado guardar secreto o reserva sobre los mismos.

k) La utilización o uso indebido de la documentación y/o información a que se tenga, o se haya tenido acceso, por razón del cargo o función desempeñada en los diferentes órganos del Partido.

2.- También cometen infracción muy grave:

a) Quienes perteneciendo a un Grupo Institucional del Partido utilicen o se valgan de tránsfugas de otros partidos para constituir, mantener o cambiar mayorías de gobierno en las instituciones públicas.

b) Quienes sean sancionados en un solo expediente disciplinario por dos o más faltas graves.

c) Quienes cometan falta grave habiendo sido sancionados por resolución firme en los dos años anteriores por otra falta grave.

d) Quienes anticipándose a los procesos electorales internos establezcan o participen en grupos organizados que perjudiquen los intereses o la imagen del Partido, con la publicidad o notoriedad de sus acciones.

3.- Las infracciones muy graves serán sancionadas en los siguientes términos:

a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre cuatro y seis años.

b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del Partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.

c) Expulsión del partido. Esta sanción se impondrá, en todo caso, cuando exista sentencia firme que condene al afiliado a penas de prisión o inhabilitación, cualquiera que fuese su duración, y cuando pasase a formar parte de otro grupo institucional o de carácter representativo distinto a los del Partido Popular.

Las sanciones previstas en los apartados a) y b) anteriores no son excluyentes entre sí.

ARTÍCULO 14: Infracciones graves.

1.- Cometen infracción grave quienes incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Propagar, por cualquier medio, noticias que desprestigien al Partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera de sus Órganos de Gobierno, representación o de los Grupos Institucionales.

b) Realizar declaraciones y manifestaciones públicas en nombre del Partido que comprometan políticamente al mismo sin contar con la autorización expresa del Presidente del Comité Ejecutivo que corresponda en sus diferentes ámbitos.

c) Hacer dejación de las funciones que el Partido le hubiera encomendado, o abandonar de forma notoria las mismas en períodos electorales.

d) Suplantar o atribuirse cargos o funciones de cualquier clase o naturaleza que no le corresponda.

e) Cualquier manifestación pública oral o escrita en los medios de comunicación que suponga descrédito, menosprecio o descalificación de cualquier afiliado al Partido.

f) No asistir a las reuniones convocadas por los Órganos del Partido durante seis meses, salvo causa debidamente acreditada, cuando previamente haya sido citado al efecto y apercibido de cometer una posible infracción.

g) Asumir compromisos o acuerdos de carácter político con otras formaciones políticas o personas físicas o jurídicas sin contar con la previa autorización expresa de los Órganos jerárquicamente superiores del Partido o de los Grupos Institucionales, en los ámbitos respectivos de cada uno de estos.

h) Haber sido sancionado por resolución firme en los dos años anteriores por la comisión de dos o más faltas leves.

i) Desobedecer las instrucciones o directrices de los Órganos de Gobierno y representación del Partido, o de los Grupos Institucionales del mismo, cuando no constituya una infracción muy grave.

j) Vulnerar las normas reglamentariamente establecidas sobre la elección de compromisarios.

k) La negativa reiterada, sin causa justificada, a participar como interventor o apoderado, o a colaborar activamente en las campañas electorales, cuando sea requerido para ello.

2.- Las infracciones graves serán sancionadas en los siguientes términos:

a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre uno y cuatro años.

b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del Partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.

Ambas sanciones no son excluyentes entre sí.

ARTÍCULO 11: De la Carta de Compromisos.

1.- Con carácter previo a la aceptación de un cargo público u orgánico se deberá suscribir la Carta de Compromisos, documento que contendrá un conjunto de obligaciones de contenido ético y deontológico.

Asimismo, todos los integrantes de listas electorales del Partido Popular, sea cual sea su ámbito, habrán de suscribir la Carta de Compromisos. La negativa a firmar esta Carta impedirá ser candidato cargo público u orgánico.

2.- Los cargos públicos y orgánicos del Partido Popular, se comprometen a actualizar cada dos años su Carta de Compromisos, y, en todo caso, a poner inmediatamente de manifiesto al Partido cualquier variación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su declaración inicial.

3.- La Carta de Compromisos se compondrá de los siguientes extremos:

a) La declaración jurada de que, en el momento de suscribir el compromiso, no existe ninguna causa jurídica que le inhabilite para ser designado, ni concurre situación alguna de conflicto de intereses con el ejercicio de su función. En la Carta se recordará la sujeción al régimen de incompatibilidades previsto en la legislación vigente y las consecuencias de su incumplimiento, tanto las de carácter administrativo, como las que se deriven del Reglamento de Régimen Disciplinario del Partido Popular.

b) El compromiso de actuar públicamente de acuerdo con los principios de integridad, responsabilidad, transparencia, ejemplaridad y honradez.

c) El compromiso de poner a disposición del Comité Nacional de Derechos y Garantías, cuando este se lo requiera, la declaración de bienes y actividades que por razón del cargo público están obligados legalmente a depositar en la institución correspondiente. En el caso de no tener esa obligación, el compromiso de hacer, al ser nombrado o elegido, una declaración formal de bienes y actividades, que hará llegar al Comité cuando le sea requerida y que comprenderá, al menos, los siguientes extremos:

-Los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales que posea.

-Los valores o activos financieros negociables.

-Las participaciones societarias.

El objeto social de las sociedades de cualquier clase en las que tenga intereses personalmente.

Las sociedades participadas por aquellas otras que sean objeto de declaración según el apartado c) con señalamiento de sus respectivos objetos sociales.

d) El compromiso de separar claramente en su actuación lo público de lo privado, y de distinguir decididamente las actividades públicas de las privadas y las de Partido.

e) El compromiso de comunicar a la Dirección Nacional del Partido Popular la apertura de cualquier procedimiento jurisdiccional del que puedan derivarse indicios racionales de comisión de un delito, y de poner a disposición del Partido el cargo público u orgánico que desempeñe cuando el Comité Nacional de Derechos y Garantías considere que su permanencia en el mismo daña a la propia organización o a la institución pública.

Ponentes:

José Ángel Guerrero Miralles

Luz Elena Sanín Naranjo

Jesús Perea Pacheco
 

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