El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó
ayer a José Antonio M.T. a una pena de 3 años y 9 meses de
prisión, amén de una multa de 500.000 euros, al reconocer
éste que había alijado un cargamento de 175 kilogramos de
hachís en una embarcación de recreo propiedad de una persona
que le acompañaba, Andrés C.V., quien fue absuelto por falta
de pruebas contra él.
José Antonio M.T. fue condenado ayer en el Juzgado de lo
Penal número 2 de Ceuta a una pena de 3 años y 9 meses de
prisión y a 500.000 euros de multa al reconocerse culpable
de alijar en una embarcación de recreo un total de 175 kilos
de hachís para transportarlos a Algeciras.
Los hechos ocurrieron el pasado día 21 de febrero, cuando el
Servicio Marítimo de la Guardia Civil, mediante cámaras
térmicas, observó movimientos sospechosos en la embarcación,
que en principio fue localizada frente a la playa de
Calamocarro en aproximación al muelle de Poniente. En ella
viajaban dos personas: el condenado y el dueño de la
embarcación, Andrés C.V., que fue exculpado por su compañero
de navegación, indicando que desconocía la carga. Una
patrullera de la Guardia Civil intentó en un principio
abordar la nave, pero esta se dio a la fuga, siendo
posteriormente interceptada a unas tres millas náuticas al
norte de la playa Benítez. Los agentes actuantes, pues,
encontraron en su interior un total de 175 kilogramos de
hachís distribuidos en seis fardos, que fueron decomisados.
El hachís debía proceder de dos alijos distintos, puesto que
los peritos pusieron de manifiesto que la droga presentaba
dos índices distintos de THC (tetrahidrocannabinol,
principio activo del hachís): 25,98 y 21,04%.
Aunque estaba prevista la comparecencia en calidad de
testigos de agentes de la Guardia Civil que intervinieron en
la interceptación de la embarcación y el decomiso de la
droga, el hecho de que el acusado admitiera sin paliativos
su culpabilidad hizo que tanto el juez como el Ministerio
Fiscal desistieran de tomar declaración. Estaba incluso
previsto que el jefe de la patrullera de la Guardia Civil
que intervino en el operativo declarase mediante
videoconferencia, lo que finalmente no sucedió al no ser
necesario. Así las cosas, la pena fue impuesta sólo a José
Antonio M.T., que además cuenta con el agravante de
reincidencia. Su compañero de navegación declaró que
desconocía que había droga a bordo, lo que fue corroborado
por el condenado, por lo que fue absuelto. No se decomisóla
nave puesto que el propietario era la persona que fue
finalmente absuelta.
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