PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales  

 

 

OPINIÓN - VIERNES, 27 DE ABRIL DE 2012

 
OPINIÓN / COMUNICADO

“Golpe de gracia” a los Médicos
Titulares y los de Cupo y Zona

Por Sindicato Médico de Ceuta (CESM-CEUTA)


El sector de Atención Primaria de la CESM denuncia a través de un comunicado  el “golpe de gracia” que supone para los médicos titulares y los de cupo y zona el Real Decreto-ley 16/2012 de Medidas Urgentes para Garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, publicado en el BOE el pasado martes, día 24 de abril.

Reproducimos el comunicado a continuación:

“Mediante el Real Decreto-ley 16/2012 de Medidas Urgentes para Garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud el Gobierno del PP ha condenado a desaparecer, de la peor forma posible, sin posibilidad de ser oídos, a dos de los colectivos de facultativos que durante su existencia más han aportado a la asistencia sanitaria y a la Salud Pública de este país: Médicos Titulares, también conocidos como médicos de APD, y los Médicos de Cupo y Zona. Y ello sin venir a cuento para nada ya que esta medida no aporta nada a la sostenibilidad del sistema”.

“Con alevosía y clandestinidad, en el mayor de los secretos, ¿o tal vez ignorancia? de los responsables sanitarios del Partido Popular, el Real Decreto desliza -en no más de dos pequeños párrafos- las bases para la eliminación de más de tres mil facultativos, la mayoría funcionarios de carrera por oposición, dejándoles como única opción para mantener su condición la de abandonar la asistencia sanitaria que vienen realizando, el que menos durante treinta años, para dedicarse a tareas administrativas fuera de las instituciones sanitarias públicas”.

“Ni en otros tiempos que creíamos ya superados, se había visto cosa igual a pesar de que ambos colectivos han sufrido mucho, especialmente con las transferencias sanitarias a las Comunidades Autónomas. Hasta ahora la mayoría de los Servicios Autonómicos de Salud habían llegado a un punto de acuerdo y complicidad con estos colectivos que permitían una salida natural con el tiempo respetando en todo momento la condición de funcionario de unos y la de cuerpo a extinguir de los otros, aprovechando, con gran rendimiento y dedicación, su amplia experiencia y capacidad resolutiva. Es más, recordemos que la reforma sanitaria, especialmente de la atención primaria, en España habría sido imposible sin la entusiasta participación de los médicos de APD”.

“La bofetada recibida no va a quedar sin respuesta. La desmotivación, traición y la humillación que supone la medida tomada por el Gobierno contra estos colectivos, especialmente contra los médicos titulares, por ser más numerosos que el de cupo y zona, no es desde luego la mejor manera de conseguir que los profesionales sean sus mejores compañeros de viaje durante los próximos años cuando deban implementar tan polémicas medidas de ajuste. ¿Podemos los médicos fiarnos de este Gobierno? Con actuaciones como la que aquí denunciamos la respuesta es clara”.

OMC y CESM cuestionan la legalidad de la norma

La Organización Médica Colegial (OMC) coincide con CESM en que la estatutarización forzosa, unilateral y con fecha fija de los médicos titulares y de cupo y zona que fija el decreto del Gobierno, es de dudosa legalidad. Tal y como recoge DIARIO MÉDICO y ACTA SANITARIA, ambos organismos estudian dar una respuesta jurídica a la norma. En declaraciones a DM, CESM ya ha manifestado su intención de presentar una queja al Defensor del Pueblo, e incluso estudia la posibilidad de elevar un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la norma gubernamental, porque, como recuerda su secretario general, Patricio Martínez, “se modifican por decreto las condiciones laborales y retributivas de muchos médicos sin la preceptiva negociación”.

Por su parte, Antonio Fernández Pro, vocal nacional de Médicos de Administraciones Públicas de la OMC, ha solicitado informes jurídicos “para ver hasta qué punto la medida es legal”, y convocará un grupo de trabajo urgente en el seno de la corporación para “evaluar posibles respuestas”.

Extractos textuales del Real Decreto-ley, que han provocado el rechazo de los médicos:

Artículo 10. Modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, queda modificada en los términos siguientes:

Cuatro. Se añade una nueva disposición adicional decimosexta, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición adicional decimosexta. Integración del personal funcionario al servicio de instituciones sanitarias públicas.

1. Los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales que presten sus servicios como médicos generales, practicantes y matronas de los servicios de salud, y el resto del personal funcionario que preste sus servicios en instituciones sanitarias públicas, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2012 para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo. A tal fin, las comunidades autónomas establecerán los procedimientos oportunos.

2. En caso de que este personal opte por permanecer en activo en su actual situación, en los cuerpos y escalas en los que ostenten la condición de personal funcionario, las comunidades autónomas adscribirán a este personal a órganos administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas, conforme a las bases de los procesos de movilidad que, a tal fin, puedan articularse.»

Seis. Se modifica la Disposición transitoria tercera, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición transitoria tercera. Personal de cupo y zona.

En la forma y condiciones que en cada servicio de salud, en su caso, se determine, el personal que percibe haberes por el sistema de cupo y zona se integrará en el sistema de prestación de servicios, de dedicación y de retribuciones que se establece en esta ley, antes del 31 de diciembre de 2012. Queda suprimida desde esa fecha la modalidad de prestación de servicios de cupo y zona.

Desde esa fecha queda derogada la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 8 de agosto de 1986, sobre retribuciones del personal dependiente del Instituto Nacional de la Salud, Instituto Catalán de la Salud y Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía.»
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto