Los agentes de la Policía Local adscritos al turno americano
disfrutan, además de lo recogido en el Acuerdo Regulador de
la Ciudad, dos compensaciones más. Este turno, también
conocido como ‘africano’, permite librar casi tres meses al
año a los agentes si unen sus permisos recogidos en el
Acuerdo Regulador con sus días de libranza. Los funcionarios
del cuerpo municipal cuentan con 31 días de vacaciones, 8
jornadas de asuntos propios y 7 de horario de verano.
Además, el turno americano dispone de dos compensaciones no
recogidas en este Acuerdo, una por llevar a cabo el propio
turno y otra por trabajar en Navidad.
Los agentes de la Policía Local adscritos al turno americano
disfrutan, además de lo recogido en el Acuerdo Regulador de
la Ciudad, de dos compensaciones más. Por un lado, disponen
de tres días más por la realización de este turno. Por otro,
dependiendo de la unidad que sea, libran entre tres y cinco
días por compensación de servicio en Navidad. Además, el
turno americano dispone, como el resto de funcionarios de la
Administración local, de 31 días de permiso vacacional y de
8 días de asuntos propios. También disfrutan de 7 días de
libranza por realizar más horas que otros empleados públicos
en horario de verano. En cuanto a los festivos se refiere,
todos los funcionarios tienen 14 días recogidos dentro del
calendario laboral de la Ciudad. Hay incluso algunos agentes
que, con el turno americano, consiguen librar al año un
total de 89 días uniendo las libranzas con sus propios
turnos.
El capítulo II del Acuerdo Regulador sobre la jornada
laboral, horario y servicios extraordinarios recoge en su
Artículo 6, punto número 3 que, para aquellos servicios y
puestos de trabajo que, “por sus características especiales
así lo requieran, podrá establecerse una jornada especial de
hasta 40 horas semanales en cómputo anual, y/o en su caso,
establecer jornada partida y rotatoria de manera que los
turnos de tarde derivados de la aplicación de la jornada
partida no podrán exceder de un máximo de cuatro horas”.
En el punto IV se recoge la época de verano, que abarca los
meses de junio, julio, agosto y septiembre: “Se reducirá la
jornada en una hora diaria, que se hará efectiva, con
carácter general, a la salida. Los servicios y centros que
realicen prestaciones de obligado cumplimiento o interés
general” -por ejemplo, la Policía Local”-, y que “no
permitan la reducción de la jornada de trabajo, disfrutarán
de la reducción de la jornada de trabajo a la que se refiere
el presente apartado en la forma que se determine por el
responsable del servicio con autorización previa por el
órgano competente en materia de personal, de manera que el
servicio quede cubierto en todo momento”.
Compensaciones
Es decir, los agentes de la Policía Local se ven
compensandos con 7 días más de libranza por continuar con el
mismo horario que el resto del año. Además, la jornada
especial implica que el funcionario cobre aproximadamente
unos 350 euros mensuales por 20 horas al mes que hace de
forma extraordinaria.
Por otra parte, durante las Fiestas Patronales, la reducción
de jornada es “de tres horas diarias, haciéndose efectiva
dos horas a la entrada y una a la salida con carácter
general y sin perjuicio de lo dispuesto para los servicios y
centros que realicen prestaciones de obligado cumplimiento o
de interés general” -incluida la Policía Local-. Además,
este punto añade que “los servicios que se presten en
régimen de jornada partida, rotatoria o especial, adaptarán
a sus respectivos horarios la reducción de jornada previo
informe de la Jefatura del Servicio”. En relación a los 14
festivos recogidos en el calendario laboral, en el caso de
que algunos de estos días fuera sábado, se compensará con un
día al personal que su jornada laboral sea de lunes a
viernes, aplicándose a este día el “mismo régimen jurídico
de los asuntos propios”, es decir, se puede coger cuando se
quiera. En este punto no está recogido el turno americano,
ya que, por especificidad del mismo, los fines de semana
tampoco se contabilizan como festivos puesto que es la
propia ‘cadencia del turno’ la que marca los días de
trabajo.
El turno americano, también conocido como ‘turno africano’,
funciona de la siguiente forma: se trabaja una tarde; al día
siguiente se hace una mañana y después, en esa misma
jornada, se lleva a cabo la noche. Los agentes salen a las
7.00 horas del día siguiente, lo que se denomina ‘saliente’.
Son tres días de libranza y después se vuelve a realizar el
turno, el cual está formado por 73 ciclos al año que, si se
multiplican por 52 semanas, suman una media de 1.752 horas
al año. Si el horario de la Policía está en 40 horas
semanales, se multiplica por 52 y salen un total de 2.080
horas al año. A pesar de compensar los festivos trabajados,
los cinco grupos que pertenecen a este turno, todavía deben
horas a la Administración local.
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