La Comisión Técnica de Igualdad aprueba por unanimidad un
protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por
razón de sexo en el ámbito de la administración local. El
documento, “sustentado en la responsabilidad de los poderes
públicos de promover las condiciones para la libertad e
igualdad efectivas del individuo”, será ratificado por la
Mesa Negociadora, según informa el Gobierno local.
La Comisión Técnica de Igualdad, encargada de velar y
desarrollar el I Plan de Igualdad de la Ceuta, ha elaborado
un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso
por razón de sexo en el ámbito de la administración local,
según ha informado la Ciudad a través de una nota de prensa.
Además del pronunciamiento expreso de no tolerar ese tipo de
acciones, el protocolo incluye el compromiso de facilitar
los medios para “prevenir, evitar y, en su caso, detectar,
eliminar y sancionar cualquier conducta que lleve a tales
situaciones”.
Garantiza, además, según explica la nota, “el sigilo,
respeto, profesionalidad, objetividad, imparcialidad y
celeridad en la asistencia y protección de las víctimas”. La
Comisión, en la que participan los sindicatos con
representación, ha aprobado por unanimidad el texto, que
próximamente se elevará a la Mesa Negociadora para su
aprobación y posterior ratificación por el órgano
competente.
El ámbito de actuación del protocolo es cada uno de los
centros de trabajo de la administración local y de los
organismos públicos que de ella dependen y son cuatro los
principios que lo rigen: “El compromiso de prevenir y no
tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo; la
instrucción a todo el personal de su deber de respetar la
dignidad de las personas, su derecho a la intimidad y la
igualdad de trato entre mujeres y hombres; el tratamiento
reservado de las denuncias, y la identificación de las
personas responsables de atender a quienes formulen una
denuncia”.
Las obligaciones que recoge el protocolo van desde informar,
formar y sensibilizar a los empleados en materia de acoso
sexual y acoso por razón de sexo sobre las pautas que
permiten identificar dichas situaciones, prevenirlas y
evitar que se produzcan; disponer de la organización
específica y de las medidas para atender y resolver los
casos detectados; y garantizar la seguridad, integridad y
dignidad de los afectados, así como la aplicación de las
medidas que procedan para proteger a las presuntas víctimas
y para acabar con el acoso además de lo acordado en materia
sancionadora.
El procedimiento se inicia con la presentación de la
denuncia, que pueden presentar, de manera verbal o escrita,
el afectado, su representante legal, los delegados de
Prevención, los representantes de los empleados, los
delegados sindicales, cualquier trabajador y la Unidad
Directiva afectada, si bien cuando la información no
provenga del interesado, la Comisión estará obligada a
corroborar el caso antes de iniciar las actuaciones
previstas. El lugar de presentación de la solicitud de
intervención es la Comisión Técnica de Igualdad,
circunscrita en el ámbito de los Recursos Humanos.
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