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sociedad - LUNES, 9 DE ABRIL DE 2012


asamblea de la ciudad de ceuta. archivo.

prevencion
 

La Ciudad define cómo prevenir y eliminar situaciones de acoso sexual

La Comisión Técnica de Igualdad aprueba un protocolo de actuación en los centros de trabajo de la administración pública local para sancionar este tipo de conductas
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Comisión Técnica de Igualdad aprueba por unanimidad un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la administración local. El documento, “sustentado en la responsabilidad de los poderes públicos de promover las condiciones para la libertad e igualdad efectivas del individuo”, será ratificado por la Mesa Negociadora, según informa el Gobierno local.

La Comisión Técnica de Igualdad, encargada de velar y desarrollar el I Plan de Igualdad de la Ceuta, ha elaborado un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la administración local, según ha informado la Ciudad a través de una nota de prensa. Además del pronunciamiento expreso de no tolerar ese tipo de acciones, el protocolo incluye el compromiso de facilitar los medios para “prevenir, evitar y, en su caso, detectar, eliminar y sancionar cualquier conducta que lleve a tales situaciones”.

Garantiza, además, según explica la nota, “el sigilo, respeto, profesionalidad, objetividad, imparcialidad y celeridad en la asistencia y protección de las víctimas”. La Comisión, en la que participan los sindicatos con representación, ha aprobado por unanimidad el texto, que próximamente se elevará a la Mesa Negociadora para su aprobación y posterior ratificación por el órgano competente.

El ámbito de actuación del protocolo es cada uno de los centros de trabajo de la administración local y de los organismos públicos que de ella dependen y son cuatro los principios que lo rigen: “El compromiso de prevenir y no tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo; la instrucción a todo el personal de su deber de respetar la dignidad de las personas, su derecho a la intimidad y la igualdad de trato entre mujeres y hombres; el tratamiento reservado de las denuncias, y la identificación de las personas responsables de atender a quienes formulen una denuncia”.

Las obligaciones que recoge el protocolo van desde informar, formar y sensibilizar a los empleados en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo sobre las pautas que permiten identificar dichas situaciones, prevenirlas y evitar que se produzcan; disponer de la organización específica y de las medidas para atender y resolver los casos detectados; y garantizar la seguridad, integridad y dignidad de los afectados, así como la aplicación de las medidas que procedan para proteger a las presuntas víctimas y para acabar con el acoso además de lo acordado en materia sancionadora.

El procedimiento se inicia con la presentación de la denuncia, que pueden presentar, de manera verbal o escrita, el afectado, su representante legal, los delegados de Prevención, los representantes de los empleados, los delegados sindicales, cualquier trabajador y la Unidad Directiva afectada, si bien cuando la información no provenga del interesado, la Comisión estará obligada a corroborar el caso antes de iniciar las actuaciones previstas. El lugar de presentación de la solicitud de intervención es la Comisión Técnica de Igualdad, circunscrita en el ámbito de los Recursos Humanos.
 

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