Será necesaria la intervención del
Fiscal General del Estado, Torres-Dulce para que en esta
ciudad los incendios que ponen en grave riesgo la vida de
las personas se califiquen y castiguen cómo tales? Consulten
las hemerotecas de este diario y cuenten las ocasiones en
las que nos hemos venido refiriendo desde hace meses a la
frívolamente llamada “quema de coches” a cuyos autores, de
ser detenidos, se le imputan unos simples “daños”.
Y hemos sido los únicos en mantener contra viento y marea la
definición de delito de incendio del artículo 351 del Código
Penal la conducta de los criminales que incendian vehículos.
Así que expongo el artículo y luego, como jurista, doy las
argumentaciones, dice el Código Penal en su artículo 351:
“Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para
la vida o integridad física de las personas, serán
castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los
Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado
atendidas la menor entidad del hecho causado y las demás
circunstancias del hecho”.
En los casos de los incendios de vehículos en el interior de
aparcamientos en bloques habitados de viviendas, con el
peligro inminente de que el fuego y las explosiones de los
motores de los coches que arden propague el fuego por las
viviendas y las criaturas se achicharren, no es que sea
aplicable este 351 sino que habría de aplicarse también el
artículo 353.1 que señala: “Las penas señaladas en el
artículo anterior se impondrán en su mitad superior (20
años) cuando el incendio alcance especial gravedad, atendida
la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes.
(sic)
De las circunstancias agravantes yo calificaría con la nº 1
“Que afecte a una superficie de considerable importancia” En
este supuesto ha afectado a un gran aparcamiento de un
bloque así que la superficie es considerable.
Y con el nº4 “En todo caso cuando se ocasione grave
deterioro o destrucción de los recursos afectados”. Ocho
vehículos y dos motos calcinadas más graves daños en otra
cincuentena más cien familias desalojadas de madrugada entre
escenas de pánico y en medio de un impresionante despliegue
de bomberos y de policías que sacaban a los habitantes en
brazos del lugar en llamas. ¿Y qué va a decir ahora la
Fiscalía? ¿Que se ha quemado una barbacoa de hacer pinchitos
y se han ocasionado daños?
Por vez primera un Delegado de Gobierno con algo distinto a
vacuidad dentro de la sesera calificó los hechos como
“atentado” cierto es que se ha querido atentar contra la
vida de cien familias pero ya el delito de incendio con
riesgo para la vida lleva unas penas que abarcan todo el
peligro, el infinito riesgo, el terror de los ciudadanos,
los grandes daños materiales y la urgente necesidad de
instalar de una puta vez ese sistema de videovigilancia
Que la Policía investigue, ponga a funcionar a los
confidentes, se las averigüe o consulte con adivinos, pero
los criminales incendiarios tienen que ser detenidos. Y si
la Policía detiene a un delincuente con pruebas y le pone a
disposición judicial por incendio, que no llegue la Fiscalía
en plan ¡Pelillos a la mar! y ponga al pirómano en la calle
por “daños” como si le hubiera quemado a una vecina una
colcha puesta a tender arrojando una colilla encendida por
la ventana del lavadero. Incendio cuando se queman coches en
un aparcamiento e incendio cuando se queman coches en la vía
pública con el peligro de que exploten poniendo en riesgo a
los moradores de la zona o a alguna persona o vehículo
desapercibidos que tengan la desgracia de pasar por allí.
El delito es tan estremecedoramente grave y peligroso que
requiere la personación de la Ciudad Autónoma como acusación
particular y hace fundamental una reunión del Delegado de
Gobierno con el Fiscal General del Estado para explicarle el
peligro latente en el que se encuentran los ciudadanos, la
gravísima alarma social que provocan los criminales
incendiarios y la urgencia de sentencias ejemplares que sean
al tiempo la estricta aplicación de las leyes y una
disuasión para los delincuentes. Si todo el mundo conoce la
gravedad de las penas por los homicidios y los asesinatos ya
va siendo hora de que sean conscientes de que sobre un
incendiario recae la misma pena que sobre un asesino.
Y para cumplirla a pulso por riesgo de reiteración delictiva
y por peligrosidad social. Fiscalía: el riesgo es que unos
criminales obliguen a dormir en la calle a cien familias
aterradas y les quemen sus propiedades. ¡Que venga
Torres-Dulce! Pero ya.
|