Las penas solicitadas por el
Fiscal de la Audiencia Nacional para los imputados de la
Operación Duna que instruyera en su día el Juez Garzón, no
resultan lo suficientemente disuasorias ni a mi entender
guardan relación con la extrema gravedad de los hechos
encausados ya que la petición del Ministerio Público tendría
que contemplar los quince años que señala el artículo 571.1
para los promotores de la organización terrorista y bajar a
los doce años del artículo 571.2 para los componentes del
grupo. Penas de ocho a once años están cumpliéndose en las
cárceles por delitos que nada tienen que ver con planes
sangrientos por parte de individuos que, de ser auténticas
las acusaciones y ser culpables, representan un claro
peligro para la sociedad.
La presunción de inocencia que consagra el art.24 de la
Constitución hace que se requieran pruebas contundentes a la
hora de condenar en virtud a una sentencia firme. Aunque eso
es bastante relativo, para qué nos vamos a engañar, hasta el
punto de que se alzan voces, cada vez con mayor fuerza,
suplicando, en imitación a muchos Estados de Norteamérica,
la implantación del polígrafo científico para que el
inocente cuente con ese derecho si es acusado de un hecho
delictivo al que es ajeno.
Pero en el caso de la Operación Duna las pruebas parecen
irrefutables y estremece el hecho de que Ceuta haya podido
ser en alguna ocasión un punto de España lo suficentemente
descontrolado por quienes tienen la obligación ineludible de
salvaguardar nuestra seguridad, cómo para haber permitido el
nacimiento de un grupúsculo terrorista, porque la
radicalización y el fanatismo al igual que tardan en
fraguar, sí van dejando un rastro fácilmente reconocible y
su detección desde el primer momento no es que sea esencial,
sino que en ello nos va la vida. ¿Pero penas de ocho años?
¿Cuanto es eso en cumplimiento efectivo, tres años y los
primeros permisos? Bueno, considerando que el preso más
peligroso de la España de Rubalcaba y de Conde-Pumpido que
ha sido y es Juan Antonio Roca lleva cinco años
ininterrumpidos en prisión por vulgares delitos económicos y
sometido al durísimo régimen FIES que está reservado a los
más peligrosos criminales, resulta que quienes hacían
veleidades tramando presuntamente atentados mortales van a
cumplir menos que un tipo que hacía trajines económicos. Así
de justas son las leyes y así de obtusos los legisladores
que son más tontos que hechos por encargo.
Pero lo que sorprende es que, mientras que los
zarrapastrosos de ETA y las piojosas turbas del
proterrorismo que tantas veces hemos visto desfilar por la
“pecera” de la Audiencia Nacional tomaban la táctica de
crecerse e insultar al Tribunal, cuando no de amenazar
directamente, estos de la Operación Duna parecen menos
lanzados y lo niegan todo ¿Y qué ha sido toda la Operación?
¿Un desgraciado malentendido?. Desde luego si se atiende a
las penas y al hecho de cuantos años se cumplen de esas
penas, parece menos peligroso formar un grupo terrorista
para “liberar” Andalucía a hierro y sangre que ser
ex-gerente de Urbanismo en el Ayuntamiento de Marbella y me
refiero al plano punitivo que es el del castigo que merecen
los actos criminales. De hecho si es absolutamente cierta la
acusación del Fiscal y ha existido esa situación de peligro
real e inminente para los españoles, flaco favor se hace a
España permitiendo que unos tpos que nos pretendían
“conquistar” queden en libertad en unos años, con el riesgo
de que vuelvan a las andadas y no existen aún mecanismos
suficientes en las prisiones para delimitar la auténtica
peligrosidad social de los internos. No me valen ni el
psicólogo, ni el educador, ni el jurista, ni el asistente
social, vale un buen dictamen de un par de psiquiatras
forenses que certifiquen la auténtica ausencia de factores
de riesgo cómo personalidades con rasgos psicopáticos de
fanatismo extremo, porque para los que representan un riesgo
para la sociedad tiene que haber una respuesta distinta, de
ahí la necesidad de reformar las leyes y hacerlo a la voz de
“ya”.
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