La Consejería de Economía y Empleo ha presentado un decreto
para regular jurídicamente el procedimiento que, en
adelante, habrá de seguirse para la ejecución por Procesa de
las actuaciones que, en desarrollo de sus competencias, la
Ciudad Autónoma pueda encomendarle, según recogía ayer el
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Hasta ahora, cada una
de las áreas de la administración que tenían que solicitarle
algún trabajo a la sociedad de Fomento lo hacían sin
necesidad de ningún trámite. Sin embargo, la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
públicas y del procedimiento Administrativo Común indica que
para encomendar una gestión entre órganos de una misma
Administración deberá formalizarse en los términos que
establezca su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo
expreso de los órganos.
Procedimiento a seguir
Una vez aprobada la disposición estatutaria de Procesa, ya
no será necesario que se publiquen los sucesivos encargos
como hasta ahora se venía haciendo en el BOCCE. Y es que, a
partir de ahora se deberá seguir con el procedimiento
previsto en el decreto. La solicitud del servicio tendrá que
ir acompañada de la documentación necesaria para realizar la
tarea, mientras que el consejero de Economía y Empleo
aprueba el servicio y lo envía a Procesa. Por su parte, la
sociedad de Fomento resuelve la viabilidad del trabajo y lo
asigna al personal necesario para ejecutar la tarea. Tras
finalizar el trabajo, los responsables de Procesa lo
remitirán a la Consejería solicitante, dando por concluído
el servicio.
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