Alguien me puede aclarar donde
acaban las arengas sindicalistas y comienzan las amenazas?
Mejor si nos lo aclara la Fiscalía de Ceuta, porque
textualmente el Secretario General de CCOO lanzó en público
la inquietante ‘advertencia’ de que “el día 29 de marzo
vamos a hacer una huelga general que se van a cagar”.
¿Y contra quien va esta amenaza directa y coactiva?
Lógicamente contra la mayoría absoluta del pueblo español
que ha votado al cambio con el Partido Popular, lógico que
la Fiscalía actúe de oficio y llame a declarar a quien ha
lanzado tan críptica premonición para requerirle sobre los
métodos que piensan utilizar él en particular y los
sindicatos-subvencionados en general, para conseguir que
“nos caguemos”, todo muy escatológico así que la citación
judicial pueden enviársela impresa en papel higiénico en
plan testimonial y detallista.
¿Y puede considerarse un presunto delito de amenazas del
artículo 170 del Código Penal el hecho de advertirnos
siniestramente de que “nos vamos a cagar”? El artículo 170
del Código Penal se diferencia del artículo 171 porque en el
primero se amenaza con un mal que constituya delito y en el
171 con un mal que no constituya delito. ¿Y es un delito el
hecho de defecar? Francamente no, porque se trata de un acto
fisiológico de evacuación de deshechos orgánicos, pero la
norma está para interpretarla y no para asumir tan sólo su
estricta literalidad, pongo un ejemplo, si ustedes conminan
a una Autoridad con la afirmación de “te vas a cagar” no se
trata de anunciarle que cada veinticuatro horas y de forma
natural su organismo va a evacuar determinadas sustancias
pestilentes, sino que la acepción de la frase es que el
amenazado va a verse en tal estado de temor que su cuerpo va
a reaccionar con una deposición, es el típico “cagarse de
miedo”.
¿Y por qué puede asustarse un individuo, un grupo o toda la
colectividad? Pues por la amenaza de un mal inminente, grave
e injusto. Así que cabe discernir que cuando Juan Luis
Aróstegui lanza su “¡se van a cagar!” amenaza claramente con
que la huelga general que se han montado para el 29M hará
que “nos caguemos de miedo”, es decir, empezando por los
Gobernantes legitimados por las urnas y acabando por la
mayoría absoluta del pueblo soberano que no pertenecemos a
ningún sindicato.
Y le pregunto al dignísimo representante del Ministerio
Fiscal acerca de si puede aclarar los motivos por los que
nos van a aterrorizar el próximo 29M y de paso también me
indican en plan “clamor popular” que se lo pregunte tanto al
Delegado de Gobierno como al Presidente Juan Vivas y que a
los tres en conjunto les demande sobre los motivos por los
que van a “permitir” que un sindicalista nos amenace, porque
si permiten que amenacen a la pacífica ciudadanía sin tomar
las medidas oportunas para “neutralizar” tales imprecaciones
estarán, por omisión, tomando una decisión injusta sabedores
de su injusticia.
El Fiscal es el garante de la legalidad así que su deber es
garantizar que nadie la conculque, el Delegado de Gobierno
representa a aquellos a quienes hemos elegido para gobernar
y para que nuestros derechos constitucionales sean
estrictamente salvaguardados y respetados y el Presidente de
Ceuta tiene la obligación de garantizar la paz y la
seguridad de la ciudadanía así como el ejercicio de nuestros
derechos en coordinación con los otros dos. Y no vale que
traten de consolarnos prometiéndonos dodotis y comprimidos
de salvacolina para la colitis, porque no cuela.
Pero ¿Y si no se toman medidas legales y nos vemos obligados
a cagarnos contra nuestra voluntades? Pues entonces
estaríamos ante un supuesto previsto y penado en el artículo
172 del Código Penal cuando habla de coacciones: “El que,
sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con
violencia hacer lo que la Ley no prohibe (los piquetes
suelen ser violentos y la Ley no prohibe estar estreñidos) o
le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o
injusto (el 29M queremos vivir un día normal, salir,
desayunar, comprar y tener libertad y no que nos obliguen a
soportar una huelga impuesta) será castigado con la pena de
seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses según la
gravedad de la coacción o de los medios empleados. Cuando la
coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio
de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su
mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor
pena en otro precepto de este Código”. Conculcan el artículo
17 de nuestra Constitución, es decir el derecho a la
libertad, quienes impiden a un comerciante abrir su comercio
o a un hostelero su establecimiento, quienes impiden a los
ciudadanos acudir a sus trabajos si así lo desean y quienes
infringen nuestro derecho a vivir en paz con nuestras
actividades cotidianas y no digamos si obligan a que la
huelga afecte a los colegios y centros de enseñanza porque
entonces la infracción es más grave aún.
Los sindicatos y sus estómagos agradecidos quieren echar un
pulso coercitivo a la legitimidad democrática, pero existen
mecanismos legales de sobra cómo para impedirlo y existe la
revolución y sublevación del pueblo soberano a la hora de
proclamar “yo no voy a la huelga del 29M porque no me sale
de los huevos”. Ya corre el mensaje por la red, pero es el
momento de liberarse del miedo a los sindicatos y manifestar
en libertad y desde la libertad nuestra negativa a que nos
paren España.
Y en Ceuta a ver ese Jefe Superior de Policía, ese Delegado
de Gobierno, ese Presidente y esa Fiscalía. Y en Madrid ¡A
ver ese Tribunal de Cuentas!. Lo que necesita imperiosamente
el pueblo es un mensaje de legalidad, firmeza y
tranquilidad, que se pronuncien quienes a ello están
obligados y que nos garanticen nuestro derecho a la
libertad. A todas las libertades y entre ellas a nuestra
libertad para estar estreñidos y que nadie nos obligue por
la fuerza a cagarnos.
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