La Asociación de Madres y Padres de alumnos del CEIP Mare
Nostrum tiene previsto reunirse el próximo miércoles 29 de
febrero para llegar a un acuerdo sobre cual será el próximo
paso a efectuar respecto a la supuesta irregularidad en la
que actualmente incurre tanto la FAMPA como algunas de las
asociaciones que engloba, según las cuales las elecciones
celebradas el pasado enero deberían ser anuladas.
Durante las recientes elecciones a la junta directiva de la
Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (FAMPA)
de Ceuta, el pasado mes de enero, un grupo de padres y
madres (en su mayoría del CEIP Mare Nostrum) presentaron
alegaciones a las mismas, negándose a votar en grupo.
Los padres y madres argumentaron entonces que las elecciones
incurrían en ilegalidad por varios motivos, entre los cuales
se encontraba el hecho de que se había presentado una
reclamación “en tiempo y forma” tanto ante la FAMPA como
ante la delegación del Gobierno, para solicitar el
aplazamiento de las mismas mediante burofax, atendiendo al
criterio de que existían irregularidades formales en la
normativa interna de las asociaciones. Según explicó
entonces Silvia González Mateo, en calidad de presidenta de
la AMPA del Mare Nostrum, algunas de estas asociaciones
estarían funcionando con una normativa obsoleta, algo que la
propia FAMPA debería haber corregido durante su mandato.
Por otro lado, el escrito de los representantes de este AMPA
impugnaba el calendario electoral propuesto y finalmente
cumplido por la FAMPA por no cumplir los plazos legales
establecidos. Con el texto que se proponen poner a
disposición del juez, los miembros del AMPA del Mare Nostrum
se reunirán el 29 de febrero para tomar una decisión.
De seguir adelante con la impugnación los reunidos
solicitarían “la anulación de todos los acuerdos y
actuaciones conducentes a la elección de la Junta Directiva
por esimarloscontrarios al ordenamiento jurídico y se
retrotraigan al día 20 de enero, se formule un calendario
electoral acorde al derecho y estén legalmente constituidas
y reguladas las diferentes juntas directivas en los términos
que fija sus estatutos, se nombren los compromisarios y se
lleve a término la votación para la elección de la Junta
Directiva con las debidas garantías legales y
constitucionales”.
|