La tan esperada reforma laboral vio la luz ayer por fin al
término del Consejo de Ministros. Y la espera mereció la
pena porque el Gobierno aprobó la reforma más profunda de la
historia de nuestra democracia. No es retórico decir que
marca un antes y un después en el proceso de modernización
de las relaciones laborales en España. Se trata de la
reforma más seria desde 1994 y supone un cambio de sentido
muy importante a lo que hasta ahora venía siendo la
tendencia general en los cambios de la legislación laboral
ya que, por primera vez, lo que se tiene en cuenta es lo que
debería ocupar el centro de todo este asunto: la empresa
como verdadero órgano generador de empleo.
La reforma es muy amplia en su contenido y verdaderamente
compleja. Creo que aborda con valentía aspectos
fundamentales. Entre ellos el que ha merecido más la
atención de los medios de comunicación en el debut del
proyecto de ley es el asunto de los días de indemnización en
caso de despido. Creo que centrarse únicamente en esto
distorsiona el juicio conjunto sobre el documento y denota
que, hasta ahora, la legislación y el concepto del conjunto
de los analistas estaba en el “blindaje” de los que ya
tenían trabajo, más que en garantizar una legislación
laboral que permitiera al tejido empresarial adaptarse a la
coyuntura económica, sobrevivir y encontrar estímulos para
atreverse a contratar y por tanto crear empleo.
En efecto, todos los contratos indefinidos pasan a tener una
indemnización por despido improcedente de 33 días por año.
Incluso los vigentes en la actualidad: consolidan los 45
días por año en el tiempo transcurrido hasta ahora, pero
desde este momento sólo tendrán derecho a 33 días por año.
Además, la indemnización máxima pasa de 42 a 24 meses. Por
cierto, merece la pena recordar que el ex presidente
Zapatero en su reforma fallida de 2010 ya potenció esta
figura de indemnización sin éxito. En la anterior reforma
las causas económicas que justificaban el despido con
indemnización de 33 días ya estaban, pero no funcionaban
porque los jueces podían actuar en función de un criterio
muy amplio e inconcreto.
Un despido será procedente y justificado y, por lo tanto,
con indemnización de 20 días, cuando la empresa registre una
caída de los ingresos durante nueve meses consecutivos y un
juez así lo considere. Es una novedad fundamental que
incorpora la reforma laboral sobre lo ya conocido. Esto
puede suponer que en tiempos de crisis, nacional, sectorial
o en su empresa, al empresario se le abarate la reducción de
personal (y puede que no tenga que cerrar…). Pero, cuando la
economía empiece a mejorar, va a tener también muchos más
alicientes para hacer nuevos contratos. Al menos, la
legislación laboral no le supondrá un obstáculo para
aumentar su plantilla y, por lo tanto, será más fácil que lo
haga.
Sin empresas no hay puestos de trabajo. Si se siguen
destruyendo empresas, seguirán perdiéndose empleos sin
posibilidad alguna de recuperarlos a corto plazo. Si fuera
tan sencillo ser empresario aunque sea autónomo, o crear y
hacer viable una empresa, en este país no habría 5,4
millones de parados. Pero lo evidente es que eso no es tan
sencillo. Pues bien, esto que parece de sentido común, hasta
ahora no lo era. En las sucesivas regulaciones existentes
habíamos asimilado el principio de que había que “atar”,
“blindar” al trabajador a la empresa para hacer casi
imposible su despido, pensando ingenuamente que así se
reducía la posibilidad de incremento del desempleo. Ninguna
posibilidad se concedía a la empresa para que pudiera contar
con la flexibilidad suficiente para poder sobrevivir en
tiempos de crisis aunque fuera reduciendo tamaño y que esa
supervivencia garantizara que destruiría menos empleo y
pudiera volver a crearlos una vez superadas las
circunstancias más adversas. Cuando la ley obliga a que al
empresario le cueste mucho dinero despedir a un empleado,
este procura no contratar (aunque los necesite) nuevos
trabajadores, pues sabe que si la empresa va mal acabará
siendo muy gravoso para él.
Seamos honestos y reconozcamos que el miedo a contratar por
no poder afrontar el coste de un posible despido ha frenado
el crecimiento de muchas empresas y como consecuencia
tenemos un tejido empresarial escaso en tamaño en
comparación con los países de nuestro entorno. Este gran
número de pequeñas empresas dificultan nuestra capacidad de
competir y exportar.
Pero como decía, la reforma es mucho más compleja y
contempla aspectos realmente novedosos y que contribuirán
sin duda, una vez superado su procedimiento de aprobación, a
hacer de ella un elemento generador de empleo. Quiero
destacar algunos de ellos:
Límite a la temporalidad: El Gobierno ha vuelto a aprobar el
límite para los encadenamientos de contratos temporales en
24 meses a partir del 31 de diciembre de 2012 con el
objetivo de acabar con la temporalidad. Fue el ejecutivo
socialista anterior el que aprobó que esos encadenamientos
pudieran superar los 24 meses.
Más flexibilidad en los convenios: Los convenios de empresa
tendrán prioridad sobre los acuerdos sectoriales, como los
provinciales y los estatales. Las materias objeto del
descuelgue se amplían e incluyen lo referente a jornada de
trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo,
régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y
cuantía salarial... Claramente se impulsa la adaptación de
las relaciones laborales en el seno de la empresa a la
realidad que le esté afectando y esto puede contribuir a que
la única solución ante la crisis no sea el despido sino que
se analicen otras alternativas negociadas entre el
empresario y el trabajador. Ahora bien: esto hace perder
poder a las centrales sindicales…
Contrato para emprendedores: La reforma Báñez trae un nuevo
contrato indefinido para pymes de hasta 50 trabajadores que
tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros por la
contratación de menores de 30 años. A esta cifra se podrán
sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el
paro. Si se trata de un parado de larga duración, la
bonificación será de 4.500 euros. Además, el trabajador
podrá compatibilizar el 25% de la prestación por desempleo
con el nuevo sueldo, mientras que a la empresa se le podrá
deducir el 50% durante un año.
Formación al estilo alemán: Se crea un fondo de formación
“similar al fondo de la Seguridad Social” que acompañará
toda la vida al trabajador. Además, el empleado tendrá
derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario
dentro de la empresa.
ETT,s: Las agencias de trabajo temporal colaborarán con los
servicios públicos de empleo en la colocación de
trabajadores. Hasta ahora, el antiguo INEM apenas colocaba
solamente al 3% de los parados. Parece sensato que se piense
en que también colaboren por tanto este tipo de agencias a
la hora de buscar oportunidades `para los desempleados.
Bonificaciones para jóvenes y mayores: Me parece una
herramienta de profundo calado que quiere incidir
directamente en la tragedia del paro juvenil y el de los
mayores de 45 y que no ha sido aun suficientemente valorada
en cuanto a su potencial. En Ceuta creo que puede tener un
amplio recorrido si la unimos a las bonificaciones ya
existentes. Las empresas tendrán una bonificación en la
cuota de la Seguridad Social de hasta 3.600 euros cuando
contraten indefinidamente a jóvenes de entre 16 y 30 años
durante tres años. A esta cifra se sumarán 1.000, 1.100 y
1.200 euros más por año de antigüedad, más 100 si es mujer
en un sector con poca presencia femenina. El periodo de
prueba durará un año. En el caso de los parados de larga
duración, la bonificación será de 4.500 euros si se contrata
a mayores de 45 años que lleven 12 de los últimos 18 meses
en paro. A ello se sumarán 1.300 euros anuales hasta tres
años, 1.500 si es mujer en sectores sin presencia femenina.
Colectivos protegidos: La reforma acaba con la exclusividad
que hasta ahora tenían los sindicalistas ante un proceso de
despido colectivo y que impedía que fueran echados los
primeros. Con la entrada en vigor del real decreto-ley de
reforma, los trabajadores con cargas familiares, los mayores
de determinada edad o las personas con discapacidad también
tendrán prioridades de permanencia en la empresa si así se
pacta en el convenio.
Como se ve, una reforma verdaderamente muy profunda que debe
ser analizada al detalle y que sin duda será objeto de
negociación y mejora en las negociaciones que se inician el
lunes y que proseguirán en su trámite parlamentario.
La sociedad y los agentes sociales deben ser realistas y
responsables. Si lo que teníamos ha generado más de cinco
millones de parados era imprescindible un cambio. Como dijo
la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría,
la reforma “fomenta la contratación”, “potencia los
contratos indefinidos”, busca “flexibilizar” las condiciones
laborales de las empresas para evitar el despido y “lucha”
contra la economía sumergida pensando en los ciudadanos que
están en el paro y sobre todo en los jóvenes, que ahora no
tienen oportunidades”.
Lo que importa realmente, es que funcione...
(*) Diputado en el Congreso por Ceuta.
|