En mi colaboración de hoy
compartiré con los lectores de este medio de comunicación
algunas reflexiones en relación a la aprobación en la sesión
plenaria del pasado lunes de una modificación en el Acuerdo
Regulador del régimen de retribuciones de los miembros del
Gobierno, Diputados de la Asamblea, Altos Cargos y personal
de confianza vigente desde la anterior legislatura, que
permitirá a partir de estos momentos acceder al rango de
director general a los actuales gerentes de las sociedades
municipales sin que se produzca un incremento en el Capítulo
Primero del Presupuesto de la Ciudad puesto que, estos
profesionales ya ejercen sus labores profesionales en
algunas de las áreas encuadradas en el organigrama de la
Ciudad Autónoma de Ceuta y por supuesto, sin privar de dicha
posibilidad a los funcionarios de los grupos A y B que hasta
estos momentos podían desempeñarlas.
La modificación del Reglamento mencionado tiene como
objetivo prioritario optimizar los recursos humanos ya
existentes en la Ciudad puesto que, los gerentes mencionados
son profesionales con experiencia consolidada y acreditada
competencia profesional, que desempeñan sus labores
directivas a plena satisfacción del Ejecutivo local. Es
importante puntualizar, que pese a las duras críticas
recibidas en los últimos días en relación a una supuesta
ilegalidad en dicha modificación como consecuencia directa
de la existencia de numerosas sentencias dictadas por el
Tribunal Supremo anulando otros nombramientos de
funcionarios a “dedo” no es menos cierto, que dichas
sentencias incluyen condicionantes que podrían ratificar la
legalidad en dichas contrataciones en el caso de que estas
estuviesen argumentadas en hechos objetivos y concretos.
En definitiva, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha
actualizado y racionalizado el contenido de una
reglamentación obsoleta desde los actuales parámetros de
austeridad, con la única intención de optimizar unos
recursos humanos de reconocida capacitación, sin incremento
alguno en las retribuciones que estos ya perciben aunque,
comprometiéndose a cumplimentar escrupulosamente las
exigencias planteadas por la legislación vigente a través de
diferentes sentencias en relación a que cualquiera de estas
contrataciones deberá apoyarse en hechos objetivos y
concretos, por lo que no bastarán consideraciones abstractas
o genéricos juicios de valor. En definitiva, una
modificación incluida en las propuestas de austeridad y
racionalidad planteadas en los últimos meses.
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