Más de medio millón de personas ejercieron su derecho al
voto a través de Correos en los pasados comicios generales.
Ahora, los días avanzan y será el próximo jueves, 10 de
noviembre, cuando concluya el plazo de solicitud para votar
por esta vía. Quedan días para poder acudir a solicitarlo a
una oficina postal. Por otro lado, también se acerca el
plazo de fin del ejercicio de voto por correo, ya que hay
que entregar toda la documentación antes del próximo día 16.
El plazo parta solicitar el voto por correo finaliza en sólo
dos días. El próximo jueves, día 10 de noviembre concluye
este plazo y el día 16 -4 días antes de las votaciones-
concluye el de entrega de la documentación requerida para
ejercer este derecho.
Desde que se convocaron las elecciones, se pudo realizar la
solicitud de voto por correo, cuyo método, en las anteriores
Generales, empleó más de medio millón de ciudadanos.
El voto por correo puede ejercerlo cualquier persona por
cualquier motivo, que no ha de explicarse, pero que pueda
suponer que el día de la votación no van a estar en la
localidad donde les corresponde votar, o bien aquellas
personas que por estar enfermas o incapacitadas no puedan
acudir a los colegios electorales el día de las elecciones,
o por, sencillamente, no ir a votar físicamente..
El solicitante puede acudir personalmente a la oficina de
correos y formular su petición al funcionario mostrando el
DNI, pasaporte o carné de conducir (debe ser original). Para
ello deberá rellenar un impreso en el que solicita un
certificado de inscripción en el censo. Posteriormente, la
Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, le
enviará la documentación electoral al domicilio que haya
indicado en la solicitud.
Documentación
La Oficina del Censo Electoral, remitirá a quien haya
solicitado el voto por correo toda la documentación para
ejercer este derecho por correo certificado a su domicilio
Dicha documentación consta de: Papeletasde los distintos
partidos políticos que se presentan por la circunscripción,
sobres electorales (blanco para el Congreso, sepia pra el
Senado), certificado de inscripción en el censo, sobre en el
que figura la dirección de la mesa en la que le corresponde
votar y folleto explicativo de cómo enviar la documentación
que adjuntan.
Una vez tenga la documentación electoral que le enviarán a
su domicilio, introducirá la papeleta del voto en el sobre
correspondiente. Este sobre se introducirá a su vez junto
con el certificado de inscripción en el censo en el sobre
dirigido a la mesa electoral correspondiente enviándolo por
correo certificado, que será gratuito.
El Voto por Correo se puede enviar desde que se reciba la
documentación electoral, hasta el 16 de Noviembre y el
Ministerio del Interior insiste en que no se deje este
trámite hasta el último día.
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