La Federación de Servicios Públicos de UGT ha informado a
través de una nota de prensa que el Juzgado de lo Social nº1
de Ceuta ha fallado a favor de una trabajadora Personal
Laboral de Educación, ayudante de Actividades Técnicas y
Profesionales, especialidad de cocina.
En la nota de prensa enviada a los medios, FSP-UGT resalta
que el contencioso estaba motivado por atentar la Dirección
Provincial de Educación en Ceuta contra los derechos
fundamentales de la trabajadora ya que siendo miembro del
Comité de Empresa del Personal Laboral de Educación se le
aplicó una movilidad sin cambio de funciones, sin estar esta
motivada, en contra de lo que FSP-UGT defendía y defiende.
Finalmente, FSP-UGT resalta que también dicho fallo es muy
importante porque “la sentencia recoge la definición de
centro de trabajo, por cada centro educativo, en contra de
la argumentación que mantenía la Dirección Provincial que
decía que solamente había un Centro de Trabajo que era la
Dirección Provincial, argumentación esta que también apoyaba
comisiones obreras que incluso llegó a considerar que dicha
movilidad era imparcial y se ajustaba a derecho”.
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