La sala de la Sección VI Audiencia Provincial en Ceuta juzgó
ayer a J.M.B.F por un delito de corrupción de menores. La
Fiscalía acusaba al imputado de poseer archivos con
contenidos pedófilos que a su vez había intercambiado a
través de la red. Los hechos fueron reconocidos por el
acusado, que se conformó con la pena que le impuso el
juzgado, un año de prisión que finalmente fue suspendido y
sustituido por un curso de formación sexual con carácter
obligatorio.
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz acogió
ayer el juicio por corrupción de menores, en el que el
acusado, J.M.B.F., se enfrentaba a un delito penado con
hasta cinco años de cárcel. No obstante, la Fiscalía pidió
la condena mínima por este delito contemplado en el artículo
189 del Código Penal, un año de prisión con el que el
imputado se conformó.
El acusado reconoció ante el juez los hechos que se le
imputaban. Así, J.M.B.F. confirmó que los casi 600 archivos
de contenido pornográfico que los agentes de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado encontraron en su ordenador
le pertenecían. De estos ficheros, la mayoría presentaban
contenido pedófilo según constaba en el informe de hechos
que el juez leyó ante la mirada impertérrita del acusado, de
cuyo cuerpo sólo salió la voz para reconocer los hechos con
un “si”.
Los archivos se encontraban distribuidos en distintas
carpetas en las que se hacía clara alusión a su contenido
con nombres como ‘lolitas’. Además, según recogía el
informe, la mayoría de ficheros eran videos en los que
aparecían menores, algunos de ellos de muy corta edad en
posiciones obscenas, en posturas vejatorias o incluso con
contenido pornográfico infantil en el que adultos mantenían
relaciones con menores.
Además de la descarga de archivos, los agentes que
intervinieron el material informático del domicilio de
J.M.B.F. encontraron un registro histórico con referencias a
descarga e intercambio de contenidos pedófilos desde el 7 de
septiembre de 2006, fecha en la que el imputado se había
registrado en el programa ‘Emule’, desde donde accedió a los
archivos. En el momento del registro domiciliario, que se
produjo en 2007, el ordenador del acusado se encontraron 185
archivos compartidos en descarga.
Después de que el acusado reconociera los hechos, la
Audiencia dictó sentencia firme y condenó a J.M.B.F. a un
año de prisión por el delito de corrupción de menores. Pero,
ante la falta de antecedentes penales la defensa solicitó la
suspensión de la pena, ante la que no se opuso el Ministerio
Fiscal que si pidió que se conmutara la cárcel por un
programa de formación sexual que tendrá carácter de
obligatorio. El juzgado aceptó esta sustitución, que se
mantendrá en vigor durante dos años. Si durante este tiempo
el condenado comete cualquier tipo de delito ingresará
inmediatamente en prisión.
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