En el BOE de ayer apareció publicado el nombramiento de los
61 trabajadores (4 médicos de Urgencia, 22 DUE, 3 técnicos
especialistas, 24 auxiliares de Enfermería y 8 celadores)
del Hospital Militar ‘General O´Donnell’ que pasarán a
integrarse en la plantilla del Hospital Universitario. El
procedimiento de integración en la condición de personal
estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de
la Defensa se establece según el Real Decreto 187/2008, de 8
de febrero.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer recoge la
publicación de la Orden SPI/2583/2011, de 22 de septiembre,
por la que el personal laboral fijo del área funcional de
actividades específicas que presta servicios en el Hospital
Militar ‘General O’Donnell’ de Ceuta pasa a integrarse en la
condición de personal estatutario de los servicios de salud
en el Hospital universitario. El BOE recoge el nombramiento
de 61 trabajadores: 4 médicos de Urgencia, 22 DUE, 3
técnicos especialistas, 24 auxiliares de Enfermería y 8
celadores.
El procedimiento de integración en la condición de personal
estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de
la Defensa se establece según el Real Decreto 187/2008, de 8
de febrero. Por Orden PRE/1707/2011, de 15 de junio, se
convocó el proceso de integración en la condición de
personal estatutario de los servicios de salud del personal
laboral del centro Militar. Una vez concluido el plazo de
admisión a dicha convocatoria, la propuesta de la ministra
de Defensa, Carme Chacón, que contaba con la conformidad
legal, según lo dispuesto en el artículo 3 del citado Real
Decreto, queda aprobada por la ministra de Sanidad, Política
Social e Igualdad, Leire Pajín, la cual dispone la relación
definitiva y nombra personal estatutario fijo al personal
laboral que solicitó entrar en el proceso. Dicha integración
será efectiva a partir del 1 de octubre de 2011. Los
trabajadores que adquieran la condición de personal
estatutario serán transferidos al Hospital Universitario de
Ceuta, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, con
efectos del próximo 1 de noviembre de 2011, de conformidad
con lo dispuesto en la Disposición Adicional tercera de la
orden de convocatoria de dicho proceso de integración.
Los trabajadores interesados en interponer un recurso
potestativo de Reposición contra dicha Orden disponen del
plazo de un mes. Dicho recurso deben dirigirlo a la ministra
de Sanidad, Política Social e Igualdad, al amparo de lo
establecido en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Otra
opción de la que disponen es de recurrir, alternativamente,
en el plazo de dos meses, por el proceso
contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
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