La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por un guardia civil
que solicitaba al Ministerio del Interior una indemnización
de 35.205 euros por el accidente que sufrió en 1992 cuando
ejercía sus funciones en el perímetro fronterizo de Benzú.
El Estado sí que reconoció su parte de la responsabilidad
patrimonial y acordó pagar al agente la suma de 9.196 euros
por los daños sufridos tras recibir una descarga eléctrica
al apoyarse en dos tubos metálicos.
El Ministerio del Interior indemnizará en la cuantía de
9.196 euros a un guardia civil por el accidente sufrido
mientras ejercía sus funciones en el puesto fronterizo de
Benzú.
Así lo ha estimado la Sección V de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
ratificando la resolución adoptada por la Secretaría General
Técnica del Ministerio, y desestimando el recurso
interpuesto por el agente, que solicitaba por los daños una
indemnización de 35.205 euros. Los hechos se produjeron el
26 de junio de 1992, mientras el guardia civil prestaba
servicio de control en Benzú, en el perímetro fronterizo con
Marruecos. Al parecer, el agente recibió una fuerte descarga
al apoyarse con las manos en dos tubos metálicos que
contenían cables conductores de electricidad, y que estaban
ubicados en el exterior del puesto fronterizo, en la pared,
siendo propiedad del Ministerio del Interior. Según se
desprende de la sentencia, el perjudicado se quedó pegado a
los tubos durante varios segundos y, a continuación, salió
despedido hacia atrás unos tres metros, cayendo de espaldas
al suelo, y siendo hospitalizado durante cuatro días, aunque
estuvo impedido para sus ocupaciones habituales otros 423
días. Además, el funcionario incluyó en el recurso que había
sufrido como secuelas “parestesias de partes acras en
miembros superiores e inferiores, valorada en ocho puntos, y
agravación o desestabilización de otros trastornos mentales
valorados en tres puntos”.
Tras el accidente, se instruyó el correspondiente atestado
policial, que fue presentado en el Juzgado de Instrucción
número 3 de Ceuta, pero el 6 de febrero de 2007 se notificó
al agente el sobreseimiento libre y archivo de la causa, con
reserva de las acciones civiles. Motivo por el que el
guardia civil interpuso el recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional para
reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado y que
cifró en la cuantía de 31.205 euros por los daños y
perjuicios derivados del accidente por la “deficiente”
instalación eléctrica del puesto fronterizo y de sus
instalaciones”, tal y como refleja la sentencia.
Además, dicho recurso contencioso-administrativo se presentó
contra la Resolución de 25 de junio de 2009, de la
Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, que
estimó parcialmente la reclamación formulada por el
demandante en concepto de responsabilidad patrimonial de la
Administración y acordó indemnizarle en 9.196 euros.
Fundamentos
El magistrado de la Audiencia Nacional resuelve en la
sentencia, de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley
de Responsabilidad Civil y Seguros en la Circulación de
Vehículos de Motor, (Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29
de octubre), con las actualizaciones correspondientes al año
2007, que con respecto al concepto de lesiones permanentes,
la resolución impugnada reconoce al guardia civil una
indemnización superior a 8.781,63 euros, que es la cantidad
que reclamaba según las cuantías de 2007, y luego empleaba
las actualizadas de 2009, que determinaron la indemnización
de 9.196 euros. Es decir, “en este extremo la pretensiones
del guardia civil están más que satisfechas”, alega el juez.
En referencia a la indemnización por los 4 días de
hospitalización y 423 de impedimento, acorde con el informe
presentado por el comandante instructor, durante ese periodo
el agente siguió percibiendo sus retribuciones públicas y
los gastos de curación corrieron por cuenta de la
Administración. Motivo este por el que el tribunal concluye
la sentencia estimando que la suma reconocida por la
Administración para cubrir el daño causado por el
funcionamiento de los servicios públicos “era suficiente”.
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