PORTADA DE HOY
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sociedad - VIERNES, 5
DE AGOSTO DE 2011 |
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control sanitario. archivo. |
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Sanidad actualiza las garantías de salud
en los controles fronterizos |
El
BOE del pasado 29 de julio publica una
nueva Orden que regula las modalidades de control
sanitario en frontera por la inspección farmacéutica
y su sistema informático
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CEUTA
El Pueblo
ceuta@elpueblodeceuta.com |
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 29 de
julio la Orden SPI/2136/2011, por la que se fijan las
modalidades de control sanitario en frontera por la
inspección farmacéutica y se regula el Sistema Informático
de Inspección Farmacéutica en Sanidad Exterior (SIFAEX).
Esta nueva normativa sustituye a una anterior, vigente desde
1985. La nueva orden regula asimismo el Sistema Informático
de Inspección Farmacéutica de Sanidad Exterior (SIFAEX),
disponible en internet.
El Ministerio de Sanidad ha actualizado las garantías de
salud pública en los controles realizados por las
inspecciones farmacéuticas en las fronteras. Tal como se
informó ayer en nota de prensa, el Boletín Oficial del
Estado (BOE) publicó el pasado 29 de julio la nueva Orden
SPI/2136/2011, por la que se fijan las modalidades de
control sanitario en frontera por la inspección farmacéutica
y se regula el Sistema Informático de Inspección
Farmacéutica en Sanidad Exterior (SIFAEX). Esta nueva
normativa sustituye a una anterior, vigente desde 1985.
La nueva normativa regula el control sanitario en las
fronteras españolas de los medicamentos de uso humano y las
materias primas dedicadas a su fabricación, así como de los
productos sanitarios, los cosméticos, los productos de
higiene personal y los biocidas de uso clínico y personal.
Los controles sanitarios a los que se someterán los
distintos productos podrán ser tanto de carácter documental
(certificados, documentos sanitarios, etc.), como de
identidad (concordancia del producto con su documentación,
marcados comunitarios, etc.) y físicos (verificación del
etiquetado, instrucciones de uso, embalajes, etc.).
Este control sanitario sistemático en la importación y
exportación se realiza en los recintos aduaneros por parte
de la inspección farmacéutica de las Áreas de Sanidad y
Política Social de la Delegaciones y Subdelegaciones de
Gobierno, que dependen funcionalmente de la Agencia Española
de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
La nueva orden supone un refuerzo de las garantías de salud
pública, ya que actualiza los controles sanitarios de los
productos farmacéuticos en el comercio exterior con terceros
países. Además, la orden extiende el control de los
productos a todos los recintos aduaneros habilitados en
territorio nacional, ya que con la anterior normativa
algunas aduanas tenían la exclusividad en el control de
algunos productos.
La norma también establece cómo deben ser los Documentos
Oficiales de Inspección Farmacéutica Españoles (DOIFE) para
la importación y exportación de los productos sometidos a
control.
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El sistema informático de inspección, en internet
La nueva orden del Ministerio de
Sanidad, Política Social e Igualdad publicada en el BOE del
pasado 29 de julio también regula el Sistema Informático de
Inspección Farmacéutica de Sanidad Exterior (SIFAEX). Este
sistema permitirá la tramitación electrónica de más de
50.000 controles sanitarios de la inspección farmacéutica en
las aduanas españolas.
De acuerdo con la información facilitada por el Ministerio,
SIFAEX está accesible en la dirección de internet https://sifaex.aemps.es
y permitirá “disminuir las cargas administrativas y
agilizará los trámites aduaneros, facilitando el comercio
exterior de estos productos”. Este aspecto es de gran
importancia ya que las exportaciones tienen una cuantía
anual cercana a los 12.000 millones de euros.
La orden establece un periodo transitorio de seis meses
hasta la implantación definitiva de las solicitudes de
importación y exportación por vía telemática.
La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones
deberá hacerse por vía o medio telemático, conforme a lo
previsto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de
junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los
servicios públicos, salvo que se justifique que no se tiene
garantizado el acceso y disponibilidad de los medios
tecnológicos precisos.
Con esta aplicación informática “se sigue avanzando en la
implantación de la Administración electrónica para reducir
los costes de funcionamiento y los plazos de tramitación de
los procedimientos”. Todo ello permite, además, “un mejor
seguimiento de las actuaciones, un aumento de la
transparencia y se evitan desplazamientos innecesarios, lo
que redunda en dando en un mejor servicio a los ciudadanos”,
según destaca el Gobierno.
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