La titular del Juzgado de lo Penal número uno dictó ayer
sentencia condenatoria contra un sujeto que admitió haber
cometido un delito contra la salud pública, es decir,
tráfico de drogas. Por ello, deberá hacer frente a una pena
de tres años y un día de prisión y 5.133 euros de multa ya
que admitió haber engañado a su compañero para pasar la
droga y tener así un medio de transporte para ello.
Dos hombres ocuparon ayer el banquillo de los acusados del
Juzgado de lo Penal por el delito contra la salud pública
que les imputaba el representante del Ministerio Fiscal en
la ciudad. Un juicio quizás contradictorio ya que uno de los
procesados concluyó finalmente reconociendo haber cometido
el delito por el que se le imputaba mientras que el otro
resultó absuelto “a pesar de la existencia de serias
sospechas en su contra”, tal y como declaró la propia
titular del órgano judicial.
Los hechos que se enjuiciaron ayer se produjeron el pasado
11 de mayo, sobre las 18:15 horas, en la zona de preembarque
de vehículos de la Estación Marítima. Los dos acusados
viajaban en un Citröen que fue interceptado por la Guardia
Civil gracias a la labor del can detector de sustancia
estupefaciente ya que, por sus muestras, los agentes de la
Benemérita lograron decomisar 3,5 kilos de hachís.
Uno de los alegatos de la Fiscalía contra los dos procesados
se sostuvo en que, durante la fase de instrucción, los
testimonios de ambos no coincidían aunque durante el juicio,
uno de los imputados confesó haber cometido el hecho
delictivo. “Compré la droga y la oculté con la intención de
venderla luego en la península”, admitió.
Sobre el segundo acusado, el condenado mantuvo que
desconocía que en el turismo que viajaba hubiese droga.
“Simplemente le engañé para que me acompañara a Ceuta para
así contar con un medio de transporte ya que el coche era
suyo”, alegó, en su defensa. Este, por su parte, se acogió
al derecho de no prestar declaración.
Tras los interrogatorios pertinentes, la magistrada del
Juzgado de lo Penal número uno dictó sentencia condenatoria
contra el primer imputado, que deberá hacer frente a una
pena de tres años y un día de prisión y una sanción
económica de 5.133 euros que, en caso de no abonar, le será
sustituida por tres días más de privación de libertad. Con
respecto al segundo acusado, la jueza dictaminó la libre
absolución sobre el delito contra la salud pública.
Este delito viene recogido en los artículos 368 y 369 del
Código Penal y castiga a los que ejecuten actos de cultivo,
elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan
o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas,
estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con
aquellos fines. No obstante, los tribunales podrán imponer
la pena inferior en atención a la escasa cantidad y a las
circunstancias personales del culpable.
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