El reo Ignacio Velázquez, presidente de Populares en
Libertad, no tenía derecho a presentarse a las elecciones
del 22 de mayo en ningún puesto de la lista de su formación.
Tampoco lo tendrá hasta que el 8 de febrero de 2017 termine
de cumplir su segunda condena por prevaricación, porque su
inhabilitación especial para cargo público afecta no sólo al
puesto de presidente de la Ciudad Autónoma, sino también al
resto de cargos de miembro de la Asamblea de Melilla o
concejal de esta ciudad “o de otra cualquiera”.
El auto 302 de la Audiencia Provincial, al que ha tenido
acceso MELILLA HOY, establece muy a las claras el alcance de
la condena de Ignacio Velázquez cuando afirma que “dicha
inhabilitación alcanza no sólo para cargo público de
Presidente de la Ciudad Autónoma, que, a su vez, es el
Presidente de la Asamblea y de esta ciudad (o de otra
cualquiera), sino, además, a la de imposibilidad de obtener
el nombramiento por elección popular para los cargos de
miembro de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla o
Concejal (o de cualquier otra)”.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga en
Melilla llega a esta determinación tras aceptar el recurso
de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, basado en
que la inhabilitación especial de Velázquez afecta al “cargo
público de Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla,
Alcalde y Concejal”.
El ex presidente, Ignacio Velázquez se opuso a este recurso
en un intento que finalmente ha sido en vano con este auto
de la Audiencia Provincial.
Este auto, contra el que no cabe recurso, se basa en
jurisprudencia del Tribunal Supremo y en el Estatuto de
Autonomía de Melilla para considerar que, si se hubiera
permitido a Velázquez presentarse a las elecciones
autonómicas en cualquier puesto de la lista electoral salvo
el número 1, tal y como había determinado el Juzgado de lo
Penal número 2 de Melilla, habría supuesto “una burla a la
prohibición que entraña la pena de inhabilitación especial a
que fue condenado”.
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