Las Bases de ejecución de los Presupuestos Generales de la
Ciudad de Ceuta aprobados por el Pleno el pasado mes de
Diciembre, y concretamente la Base 23, dice literalmente:
“Se impone la obligación de que todos los actos y acuerdos
que supongan incremento del Capítulo I, sea por consecuencia
de aumento de retribuciones o de contratación de nuevos
empleados, en la administración de la Ciudad y sus
organismos autónomos y sociedades mercantiles, habrán de
contar con la autorización previa del Consejo de Gobierno,
previo informe favorable de Intervención.”
Esto que aparentemente parece estar diáfano para cualquier
persona que lo lea y tenga solamente dos dedos de luces,
para el Señor Antonio Díaz Sanz, Gerente de Amgevicesa, o no
lo entiende o no lo quiere entender puesto que este
“empleado” se dedica a contratar a dedo y de manera
sistemática a personas, la mayoría de ellas con algún
parentesco con cargos del Gobierno de la Ciudad, sin tener
en cuenta primero, los principios constitucionales de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, segundo, los
Presupuestos Generales del Estado, y de la misma manera le
da una soberana patada a los acuerdos plenarios que aprueba
el mismo Gobierno que lo ha puesto en el cargo que este
Señor utiliza como si fuese su coto privado de caza.
Desde la Unión General de Trabajadores hemos pedido
sistemáticamente la creación de una bolsa de trabajo que
respetando todas normas de obligado cumplimiento, de la
posibilidad a muchos desempleados de obtener un puesto de
trabajo digno y de manera limpia.
Teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, este señor no
puede permanecer en su puesto un solo minuto mas puesto que
con su conducta, este “empleado” insulta y humilla a los mas
de 10.000 padres de familia que se encuentran desempleados
en nuestra Ciudad.
Por todo lo expuesto la UGT solicita al Presidente la Ciudad
el cese fulminante de este “empleado” por su conducta ilegal
e inmoral, y por parte de la UGT decir que como observamos
un supuesto delito de prevaricación tipificado en los
artículos 405 y 406 del Código Penal, una vez consultado a
nuestro Servicio Jurídico, tomaremos las medidas legales
pertinentes ante el Juzgado de lo Penal de Ceuta.
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