La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 dictó ayer
sentencia condenatoria contra una mujer que reconoció haber
cometido un delito de usurpación, por ello, tendrá que hacer
frente a una sanción económica de 180 euros en total y al
desalojo de una vivienda en un plazo máximo de un mes.
Al parecer, la acusada accedió, de manera ilegal, a una
vivienda desocupada situada en la calle Canalejas el uno de
abril de 2008, rompiendo la cerradura de la misma.
El delito de usurpación viene recogido en el artículo 245
del Código Penal que castiga al que ocupare, sin
autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos
que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra
la voluntad de su titular, enfrentando penas de multa de
entre tres y seis meses. También pena al que con violencia o
intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o
usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena,
según los dos preceptos del citado artículo.
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