El absentismo escolar está alcanzando sus cotas más altas en
cuanto a denuncias judiciales se refiere ya que, hasta la
fecha y en lo que va de año, la Fiscalía continúa
investigando siete casos que han llegado a través de la
información facilitada por los directores de los centros
educativos y una de las trabajadoras sociales, quienes han
puesto de manifiesto la continua falta de asistencia a las
clases de los alumnos, todos ellos, con edades de entre 14 y
16 años y en ciclos de Educación Secundaria Obligatoria
(ESO).
El representante del Ministerio Fiscal en la ciudad ya ha
iniciado la investigación de siete casos de absentismo
escolar que han llegado a sus manos tras las denuncias
interpuestas por los propios directores de los centros
educativos y una de sus trabajadoras sociales. Todos ellos,
desde enero hasta la fecha actual lo que supone un
crecimiento bastante notable con respecto a años anteriores
según los últimos datos facilitados por la Fiscalía en los
que habían sumado cinco este tipo de procedimientos pero en
el margen comprendido desde 2007 hasta 2010.
Estas siete denuncias interpuestas desde los centros
escolares tienen en común no sólo la forma en la que la
Fiscalía ha tenido conocimiento de la continua falta de
asistencia a clase por parte de los alumnos sino que además
todos ellos tienen edades comprendidas entre los 14 y 16
años y se encuentran cursando diferentes niveles de la
Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
Por su parte, el representante del Ministerio Público ya ha
tomado declaración a los progenitores de los menores y antes
de iniciar un procedimiento penal contra los mismos, ha
decidido darles un voto de confianza por lo que, en un
periodo de tres meses aproximadamente, desde la Fiscalía
controlarán el que los menores regresen al colegio,
solicitando informes periódicos a la dirección del mismo,
según confirmaron fuentes judiciales cercanas a los
procedimientos.
En el caso de que los padres no cumpliesen con ello, podrían
incurrir en un delito de incumplimiento de las obligaciones
paterno-filiales, recogido en el artículo 226 del Código
Penal.
Según se desprende de dicho texto, este delito penaliza a
los tutores del menor que dejasen de cumplir los deberes
legales de asistencia inherentes a la patria potestad,
tutela, guarda o acogimiento familiar, o de prestar la
asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento
de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen
necesitados, con penas de prisión de tres a seis meses o
multa de seis a 12 meses.
Además, en este caso el juez o tribunal podría imponer,
motivadamente, la pena de inhabilitación especial para el
ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o
acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.
De los siete procedimientos que permanecen abiertos en la
Fiscalía, uno ha quedado archivado bajo la supervisión
directa de la Dirección Provincial del Ministerio De
Educación (MEC) que, se común acuerdo con el fiscal, han
dado luz verde para que el alumno cursara otro tipo de
cursos equivalentes a la ESO tales como los Programas de
Cualificación Profesional Inicial (PCPI).
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