El Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla ha condenado a
N.H., la hija de Mustafa Aberchán, por agredir y amenazar a
Ikram Aanán, una de las principales testigos del caso voto
por correo, en el que están imputados 27 responsables de
PSOE y Coalición por Melilla (CPM), entre ellos la propia
N.H. Según la sentencia emitida ayer, a la que ha tenido
acceso MELILLA HOY, la hija de Aberchán ha sido condenada a
pagar 750 euros en multas, 150 euros de indemnización y las
costas procesales. Además, tampoco podrá acercarse a menos
de 200 metros a Aanán ni comunicarse con ella en un periodo
de seis meses. En esta sentencia, además, Aanán ha sido
absuelta de la denuncia de N.H. porque el testimonio de ésta
durante el juicio celebrado el pasado 31 de mayo estuvo
plagado de “serias contradicciones” que no lo hacían
“limpio”.
Se considera como un hecho probado que el 26 de mayo, en
torno a las 20,15 horas, Ikram Aanán circulaba con su coche
por la Avenida Juan Carlos I e iba muy despacio porque había
una retención de tráfico. Estando parada con su coche, “se
acercó N.H. y dio un fuerte golpe en el capó del vehículo de
Ikram [...] e inmediatamente después, comenzó a dar
manotazos directamente sobre el rostro de Ikram hasta que
fue retirada” por dos testigos a los que Ikram estaba
saludando en ese momento.
La jueza también considera probado que la hija de Aberchán
“le decía a Ikram, al tiempo que le agredía, ‘hija de puta,
te juro que te tengo que matar’” y que como consecuencia de
esta pelea, Ikram Aanán sufrió varias lesiones,
concretamente unos arañazos en la mejilla y el cuello, así
como una crisis de ansiedad. Además, la sentencia también
considera probado que “durante la agresión, N.H. se produjo
lesiones”, al parecer porque en la pelea “llegó a introducir
parte del cuerpo” por la ventanilla del coche de Ikram Aanán.
Como consecuencia de estos hechos probados, la jueza titular
del Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla ha condenado
a N.H. por una falta de lesiones, por la que tendrá que
pagar una indemnización de 150 euros a Ikram Aanán y una
multa de 600 euros, a razón de 10 euros durante 60 días, que
en caso de impago conllevará privación de libertad un día
por cada dos cuotas no satisfechas.
Asimismo, la sentencia considera a N.H. autora una una falta
de amenazas, por la que la condena a una multa de 150 euros,
a razón de 10 euros durante 15 días, y a la prohibición de
acercarse a Ikram Aanán a menos de 200 metros o comunicarse
con ella durante seis meses, ya que ésta manifestó que tenía
“mucho miedo y se le nota en su versión”.
La hija de Aberchán también tendrá que pagar las costas
procesales según la sentencia, contra la que cabe recurso
ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días.
Por su parte, la sentencia absuelve a Ikram Aanán de la
denuncia que contra ella había interpuesto N.H. Según la
jueza, la versión de la hija de Aberchán es “claramente
contradictoria” con la expuesta por la principal testigo del
caso voto por correo. Sin embargo, tras escuchar los
testimonios de ambas, la jueza resolvió que Ikram Aanán fue
“coherente en todo momento con la versión dada en la
Comandancia de la Guardia Civil”, y que además fue
corroborada por los dos testigos a los que estaba saludando
en el momento de los hechos.
En cambio, “N.H. incurre en serias contradicciones con la
versión de los hechos que dio en la Comisaría de Policía
Nacional” y, además, en su declaración durante el juicio,
protagonizó “varios titubeos” que se unieron al hecho de que
su testigo hizo una declaración plagada de “contradicciones
básicas y burdas” debido a que “no estaba en el lugar de los
hechos y, por ello, no pudo ver la agresión ni nada”.
Según la jueza, todo ello “hace indicar que la versión de
los hechos dada por N.H. obedece a una denuncia para evitar
ser denunciada y a la utilización incorrecta del
ordenamiento jurídico”.
La sentencia cree que la agresión de N.H. no está
relacionada con el caso del voto por correo, sino porque
“hay muchos motivos de enemistad, políticos sobre todo,
[...] que pudieran obedecer al resultado del último proceso
electoral o a las manifestaciones de una u otra en los
medios de comunicación”. Por esta razón, la jueza desestimó
la petición de Ikram Aanán para que se calificaran estos
hechos como un delito de obstrucción a la Justicia, dada su
condición como testigo protegido del caso voto por correo.
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