“insultaba habitualmente a sus dos
hijas, a una de ellas le deseaba que la violara un
legionario y a la otra, con trastornos alimentarios la
llamaba ‘gorda, a ver si adelgazas’, así nadie te va a
querer”. El Tribunal considera probado que, por la especial
aversión que la esposa tenía a las ratas, le acercó un
ejemplar sanguinolento a la cara y que en una discusión sacó
su arma reglamentaria advirtiendo que “esto se acababa ahora
mismo”, por lo que la esposa y las hijas huyeron del
domicilio.
El Tribunal Supremo ha confirmado la suspensión de empleo
durante un año, nueve meses y un día que el Ministerio de
Defensa impuso en junio de 2009 a un comandante enfermero
destinado en el Cuartel General de la Comandancia General de
Ceuta que fue condenado al mismo tiempo de estancia en
prisión por maltratar y amenazar a su mujer y sus dos hijas,
a las que insultaba habitualmente y trataba de amedrentar
dejando ratas muertas en la vivienda familiar.
Así consta en una sentencia dictada por la Sala de lo
Militar del alto tribunal, y recogida ayer por Europa Press,
en la que se rechaza el recurso de casación que el condenado
presentó contra la sanción administrativa de Defensa, que le
apartó de sus funciones cuando la sentencia condenatoria
adquirió firmeza, en consonancia con lo recogido en el
Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Condenado en 2007
El militar fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2
de Ceuta en julio de 2007 a un año, nueve meses y un día de
prisión por un delito de maltrato psíquico habitual, a siete
meses y 16 días por malos tratos simples en el ámbito
familiar y a medio año más por amenazas, aunque las dos
últimas penas fueron conmutadas por trabajos a la comunidad.
La sentencia, que fue confirmada por la Audiencia Provincial
de Cádiz, también le prohibía poseer armas durante un
periodo de dos años, acercarse a su mujer y una de sus hijas
a menos de 300 metros, y además del mismo modo le prohibía
mantener comunicación con ellas dos durante un periodo dedos
años.
Rata en la cara
La resolución consideraba probado que en los primeros días
de octubre de 2005 el condenado, motivado por la “mala
relación” que mantenía con su esposa y su hija y con “pleno
conocimiento de la especial aversión” que esta última sentía
hacia las ratas, le colocó un ejemplar muerto y
sanguinolento “cerca de la cara”, lo que le provocó un
“estado de gran nerviosismo” y le obligó a llamar a su
madre.
Tras una “agria discusión” entre los progenitores, el padre
dio un manotazo a su hija y le propinó varias patadas, tras
lo cual se dirigió en busca de su pistola reglamentaria
mientras gritaba: “Esto se arregla ahora mismo, te pego un
tiro y se acaban los problemas”. La mujer y la hija huyeron
en ese momento hacia la calle y, después de que les dieran
algo de ropa porque se encontraban en camisón, se dirigieron
a una casa de acogida.
La sentencia también considera probado que el hombre
insultaba habitualmente a sus dos hijas. A una de ellas la
consideraba “una puta” porque su novio tenía un coche con
los cristales negros y le deseaba que fuera violada por un
legionario, mientras que a la otra, que padecía un trastorno
alimentario, le decía: “Gorda, a ver si adelgazas, así nadie
te va a querer”.
Lesión a las FFAA
El comandante enfermero recurrió la confirmación de la
sanción ante el Tribunal Supremo alegando que el Ministerio
de Defensa utilizó argumentaciones contradictorias, no
contestó a sus alegaciones e impuso una pena
desproporcionada.
El fallo judicial, del que ha sido ponente la magistrada
Clara Martínez de Careaga, rechaza todos sus argumentos al
considerar que la sentencia de instancia estuvo
suficientemente motivada, que el recurrente no explicó las
razones de su supuesta indefensión y que la suspensión de
empleo adoptada es proporcional por la “naturaleza y
gravedad” de los hechos y la lesión que su conducta provocó
al “buen nombre y la dignidad” de la institución militar a
la que representaba. |