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sucesos - MARTES, 10 DE MAYO DE 2011


juzgado de lo penal. archivo.

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Opinar en Internet sobre
una noticia podría costarle
51.900 euros a un ceutí

El imputado está acusado de calumnias por el comentario que publicó en una web sobre una información de tráfico de drogas
 

CEUTA
Virginia Saura

ceuta
@elpueblodeceuta.com

En 2008, D.B. publicó en Internet un comentario sobre una información en la que se hablaba de la incautación de drogas en un barco ceutí. Las referencias que hizo sobre el armador, le han valido la imputación por un delito de calumnias por el que se le solicita una indemnización de 30.000 euros y una multa de 30 euros diarios durante dos años.

Dejar un comentario en Internet le puede costar hasta 51.900 euros a D. B. Ayer se celebró el juicio en el que este ceutí está imputado por un delito de calumnias con publicidad como consecuencia de una opinión que publicó en la web de un diario local, ‘El Faro’, en septiembre de 2008. Los hechos tuvieron lugar cuando el acusado, tras leer una información sobre la incautación de un alijo de drogas a los tripulantes de un barco, escribió un comentario en el que daba a entender que el armador traficaba con drogas y contrataba ilegalmente a inmigrantes. Sin embargo, el juicio por esta intervención de drogas sacó a la luz que el culpable había sido uno de los cinco trabajadores del barco, que reconoció haber introducido la droga. Por ello, J. H. S., el dueño de la embarcación, denunció el comentario acusatorio sobre su persona que se había realizado.

Casi tres años después de los hechos, ayer denunciado y denunciante se vieron las caras en el juicio que se celebró en el Juzgado de lo Penal Número 1. En él, fiscalía y defensa pidieron la absolución del imputado, mientras que la acusación particular retiró la petición de dos años de cárcel que había realizado en primera instancia y mantuvo la solicitud de una indeminación de 30.000 euros para el denunciante además de que se imponga una multa de 30 euros diarios durante dos años al denunciado.

Por su parte, la fiscalía pidió la sentencia absolutoria alegando que en el comentario dejado por el acusado no hubo ‘animus difamandi’, es decir, un propósito de difamar o deshonrar. Un argumento que también recogió el abogado de la defensa para pedir que se absuelva a su defendido. El letrado también calificó como “desorbitada” la cantidad exigida por la defensa ya que no se ha acreditado ningún perjuicio especial derivado del comentario publicado por su defendido.

No obstante, desde la acusación, se defendía la gravedad de esta opinión añadiendo el agravante de que el texto publicado pudo ser editado y, como consecuencia, se hizo en plena consciencia. Tras las intervenciones de todas las partes y las conclusiones el juicio quedó visto para sentencia.
 

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