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melilla - JUEVES, 05 DE MAYO DE 2011


juan josé imbroda. melilla.

pP
 

Partido Popular pide que no haya delito de contrabando de mercancías hacia Melilla

El senador por Ceuta, Nicolás Cucurull, acaba de presentar tres enmiendas a la Ley de Represión del Contrabando que se está tramitando actualmente para su modificación
 

MELILLA
Paqui Sánchez T.

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Grupo Popular en el Senado ha presentado tres enmiendas a la Ley 12/1995 de Represión del Contrabando, que se está tramitando en estos momentos para su modificación en la Cámara Alta, para pedir que no se pueda considerar delito de contrabando la entrada de mercancías comunitarias en Ceuta y Melilla. Estas enmiendas, que han sido planteadas por el senador ceutí Nicolás Cucurull, pretenden poner fin al problema que existe desde hace 16 años en las dos Ciudades Autónomas .

Según explicó ayer Imbroda, con la Ley actualmente vigente puede constituir un delito el hecho de transportar a Melilla mercancías desde cualquier lugar de España, algo que en opinión del presidente popular es “un absurdo total” porque se trata de un transporte nacional, es decir, que en ningún momento sale del territorio nacional.

En sus enmiendas, el PP explica que el hecho de que Ceuta y Melilla no formen parte de la Unión Aduanera no puede afectar a su condición de territorio nacional español y comunitario, ni a la de ser territorio franco. Por tanto, a los efectos de la Ley de Contrabando, se excluyen dichas entradas de la definición de importación, lo que impediría aplicar las penas y multas previstas en la ley.

El senador Cucurull explica en una de las tres enmiendas presentadas que desde 1995 se considera como importación las mercancías comunitarias que entran en Ceuta y Melilla, lo que ha producido “numerosos conflictos legales” en estos 16 años que han afectado a empresarios “de conducta y trayectoria profesional intachable”.

El PP considera que este problema se debe a un “exceso legislativo” que debe ser corregido aprovechando la modificación de la Ley de Contrabando, con el objeto de que se considere delito sólo la importación de mercancías no comunitarias, “es decir, exactamente igual que en el resto del territorio nacional”.

Asimismo, el PP ha presentado una segunda enmienda para añadir a la Ley una disposición final para aclarar que, si al final se consigue que el tránsito de mercancías comunitarias no se considere como importación, esto no eximiría de las obligaciones documentales y tributarias a efectos del IPSI y, de este modo, la tramitación seguiría siendo la misma que hasta ahora. Así, la entrada de mercancías comunitarias en Ceuta y Melilla seguiría siendo importación a los efectos de la Ley del IPSI, pero no lo sería a los efectos de la Ley de Represión del Contrabando.

La tercera enmienda que ha presentado el PP en el Senado a través del ceutí Nicolás Cucurull versa sobre las obligaciones de información de las compañías de transporte.

El proyecto de Ley introduce, mediante una disposición adicional, una exhaustiva obligación de información para las compañías de transporte, para que cuando el trayecto se inicie en países o territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario y finalice en territorio español, entreguen a las autoridades españolas, antes de la salida del buque o aeronave, un listado completo de los pasajeros. La intención del proyecto de Ley es que en ese listado, se aporten datos como nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de pasaporte, o del documento de viaje que acredite su identidad y tipo del mismo, forma de pago, importe del billete, fecha de compra, puntos o escalas intermedias y medio de contratación.

Sin embargo, esto sólo sería obligatorio para los trayectos nacionales que se hagan desde Ceuta o Melilla hasta cualquier otro punto del territorio español, lo que en opinión del PP es “discriminatorio” para Ceuta y Melilla, puesto que supone “un control exhaustivo que no se exige en los desplazamientos que tienen su origen en el resto del territorio nacional”, y, además, “no existe ninguna justificación para ello”.
 

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