La titular del Juzgado de lo Penal número uno dictó ayer
sentencia condenatoria contra un joven que reconoció ser el
autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, por el
que tendrá que indemnizar a la perjudicada con 200,85 euros
y hacer frente a un año de prisión, que será suspendido por
la condición de no volver a delinquir en dos años.
Rompió la ventanilla de un vehículo con el objetivo de robar
la radio que se encontraba en su interior. Por tales hechos,
la magistrada del Juzgado de lo Penal número uno condenó
ayer a un año de prisión y una indemnización de 200,85 euros
a un hombre que admitió ser el autor de ese delito de robo
con fuerza en las cosas que el imputaba la Fiscalía, por lo
que el juicio se celebró bajo la figura jurídica de la
conformidad.
La pena privativa de libertad, no obstante, quedará
sustituida por la condición de no volver a delinquir durante
dicho periodo aunque esta aplicación quedará pendiente para
la ejecución de la sentencia.
Los hechos que dieron origen a la denuncia interpuesta por
la perjudicada se produjeron el dos de noviembre del año
2007, aproximadamente a las dos y cuarto de la madrugada, en
la explanada de Juan XXIII, donde la propietaria dejó
estacionado su vehículo. Fue a la mañana siguiente cuando
esta observó que habían roto el cristal de la ventanilla
correspondiente al conductor y habían robado la radio que se
encontraba en su interior. Motivo por el que el imputado
deberá pagar la correspondiente indemnización no sólo por el
robo del objeto sino, además, por los daños producidos al
turismo.
El delito de robo con fuerza en las cosas viene recogido en
los artículos 237, 238 y 240 del Código Penal, los cuales
preven que son reos del delito de robo los que, con ánimo de
lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando
fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se
encuentran o violencia o intimidación en las personas.
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