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política - LUNES, 18 DE ABRIL DE 2011


juan vivas. archivo.

elecciones
 

La JEZ anula la sanción a Vivas por ausencia de un expediente previo

La Junta Electoral de Zona se ha percatado de
su precipitación, lo que conllevaría nulidad de la sanción impuesta, y ahora da plazo para las alegaciones oportunas
 

CEUTA
Antonio Gómez
ceuta
@elpueblodeceuta.com

La propia Junta Electoral de Zona se ha dado cuenta de la precipitación en la sanción adoptada al presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas a quien multó sin siquiera conocer su versión de los hechos, dando por válida la denuncia interpuesta por UPyD sin más. Craso error, cuando en un procedimiento de este tipo han de oirse las oportunas alegaciones, que en derecho corresponda, como es el caso. La JEZ rectifica ahora, después de que este viernes comunicara el acuerdo de multa. Ahora abre un plazo de dos días para las alegaciones pertinentes y será después cuando deba decidir qué hace con la denuncia de UPyD.

La Junta Electoral de Zona se ha precipitado y así lo reconoce el propio órgano, aunque no explícitamente, en el nuevo acuerdo adoptado para incoar un procedimiento de revocación sobre la sanción impuesta a Juan Jesús Vivas, al no haberse seguido un oportuno expediente sancionador con carácter previo a la imposición de la multa de 300 euros, por haber presuntamente conculcado los artículos 50.2 y 50.3 de la nueva LOREG.

Revocación

“Habiéndose detectado por esta Junta Electoral de Zona la posible concurrencia de la causa de nulidad de pleno derecho recogida en el artículo 62.1.e) de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Acuerdo adoptado por esta misma Junta en el día de la fecha por el que se acordaba sancionar al Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta D. Juan Jesús Vivas Lara con una multa de 300 euros, sin haberse seguido el oportuno expediente sancionador con carácter previo a la imposición de la sanción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.1 de la citada Ley 30/1992, y al tratarse de un acto desfavorable o de gravamen, se acuerda incoar procedimiento de revocación, y, conforme a la doctrina recogida por el Tribunal Supremo, entre otras, en las SSTS de 22 de marzo de 1996 y 26 de noviembre de 1997, dar audiencia a las partes interesadas por plazo común de dos días a fin de que aleguen lo que a su derecho convenga respecto a la posible revocación del citado Acuerdo en cuanto al extremo invocado”.

El documento, firmado por el secretario de la Junta Electoral de Zona y enviado a las partes interesadas, esto es, UPyD y PP, así como a la Delegación del Gobierno para que frene el proceso.

Tanto Partido Popular como UPyD preparan ahora sus alegaciones, que serán presentadas en la jornada de hoy lunes. Será a partir de entonces cuando la JEZ decida finalmente si se ha conculcado o no los artículos de la nueva ley electoral.

¿Qué dice la Ley?

Durante el periodo electoral, los poderes públicos no podrán realizar ninguna campaña institucional que atente contra los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales, principios que deben ser efectivamente garantizados por la Administración electoral, como dispone el artículo 8.1 de la LOREG.

Se entiende por periodo electoral el comprendido entre la fecha de publicación de la convocatoria de las elecciones en el boletín oficial correspondiente y el día mismo de la votación.

Prohibición de campañas de logros y de campañas con determinadas imágenes o expresiones.

Según establece el artículo 50.2 de la LOREG, “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

Deben entenderse comprendidas en dicha prohibición, entre otras actividades, la edición y reparto durante el periodo electoral con financiación directa o indirecta de los poderes públicos, de libros, revistas, folletos, cuadernos, catálogos, trípticos, soportes electrónicos (cd, dvd, memorias usb, etc...); el envío de correos electrónicos o de mensajes sms; la distribución de contenidos por radiofrecuencia (bluetooth), o la inserción de anuncios en los medios de comunicación, que contengan alusiones a los logros obtenidos por cualquier poder público, o que utilicen imágenes, sintonías o expresiones coincidentes o similares a las empleadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

Inauguraciones.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50.3 de la LOREG, “durante el periodo electoral queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo”.

Deben entenderse no incluidas en las prohibiciones establecidas anteriormente, siempre que no se violen los principios de objetividad y transparencia y de igualdad entre los actores electorales, y no se dirijan directa o indirectamente, mediata o inmediatamente, a inducir el sentido del voto de los electores.
 


El PP estima que “sólo” es un error de la JEZ, “ya rectificado”

La coordinadora de campaña del Partido Popular en Ceuta, Yolanda Bel se ha mostrado muy respetuosa con la Junta Electoral de Zona en su valoración tanto antes como después de las resoluciones adoptadas por el órgano judicial. El PP, en un tono de alta diplomacia, entiende que “el error cometido en el procedimiento es una precipitación por no respetarse el proceso legal”, lo que ha obligado a un acuerdo de revocación “para dar audiencia a las partes y podamos alegar”. El PP entiende el error, y se queda con que ahora “se puedan los pasos adecuados... no vamos a ahondar en nada más”, ha manifestado la responsable de campaña del PP. En las próximas horas el partido presentará sus oportunas alegaciones ante la JEZ.
 

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