Una joven, cuyas iniciales son M.J.A.L aceptó ayer una
condena a seis meses de prisión sustituible por una multa a
pagar 6 euros diarios durante doce meses por un delito de
estafa tipificado en los artículos 248 y 249 del Código
Penal. La sanción asciende a un total de 2.160 euros.
Los hechos se produjeron los días 17 y 19 de marzo de 2010,
cuando usó la tarjeta de su compañera de piso para sacar de
la cuenta bancaria de esta 250 y 350 euros.
La joven no tiene antecedentes penales, devolvió el dinero a
su compañera y ayer aceptó la sentencia de conformidad, esto
es, se mostró conforme a aceptar la pena rebajada de la que
inicialmente había solicitado la Fiscalía. Concretamente, el
Ministerio Fiscal retiró la acusación delictiva de
allanamiento de morada. También le culpaba de ese delito
antes de celebrar el juicio el abogado de la acusación
particular, que actuó en nombre de la perjudicada. Esta
acudió al Juzgado de lo Penal 2, que fue el que convocó la
vista, pero no tuvo que entrar a declarar al producirse la
conformidad.
La sentencia tuvo en cuenta el agravante de abuso de
confianza y la atenuante de reparación del daño causado.
Por otro lado, la jueza ordenó el pago de 500 euros a la
víctima por los daños morales sufridos por esta, además del
pago de la mitad de las costas judiciales.
Al finalizar la corta vista que se celebró ayer, la jueza
concedió a la joven el pago aplazado de los 2.160 euros de
la multa en doce mensualidades de 180 euros e indicó los
procedimientos para abonar esas cantidades y las que pagará
por los daños morales a su compañera.
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