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economía - JUEVES, 24 DE MARZO DE 2011


banco de españa en ceuta. archivo.

laboral
 

Los empleados del Banco de España podrán irse a sucursales cercanas

La negociación sindical se ha cerrado, de modo que los 11 trabajadores podrán elegir destino, si lo prefieren, en las sedes de Málaga y Sevilla; uno de ellos ha optado por la prejubilación
 

CEUTA
Tamara Crespo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Aunque no pierden el último hilo de “esperanza”, que ya sólo se basa en una pregunta que el diputado Francisco Márquez ha realizado al Gobierno, los representantes sindicales de los empleados del Banco de España han cerrado la negociación para el traslado de los afectados por el cierre de siete sedes, entre ellas, Ceuta.

“No perdemos el último hilo de esperanza, pero lo cierto es que la negociación está ya cerrada y hemos logrado que los trabajadores puedan elegir la sede a la que serán trasladados”. De esta manera resumía ayer el representante ceutí del Sindicato Autónomo de Trabajadores del Banco de España (SATBE), José María Hernández, la situación en la que se encuentra la plantilla de 11 trabajadores a falta de apenas dos meses para que se haga efectivo, con fecha 31 de mayo, el cierre de las sucursales de Ceuta y Melilla y de otras cinco sedes institucionales de la entidad.

Así las cosas, los trabajadores afectados, a los que se suman otra docena de personas relacionadas con la seguridad del Banco, como los guardias civiles destinados a la guardia y custodia de las instalaciones de la plaza de España, podrán elegir, si lo desean, el destino más próximo a Ceuta. “En un principio, íbamos a Madrid, pero ahora, el que tenga y quiera mantener sus lazos con la ciudad podrá elegir el traslado a las sedes de Málaga o Sevilla”, explica Hernández. Además, la institución ha ofrecido otrs posibilidades a los 58 empleados afectados en toda España, como las bajas incentivadas o la prejubilación a los 55 años, una opción esta a la que se ha acogido al menos uno de los trabajadores de Ceuta. La plantilla ha dispuesto de un mes desde la firma del acuerdo, hace un par de semanas, para tomar una decisión.

Otra de las “facilidades” que se ha dado para que los afectados puedan realizar el traslado de ciudad y de evitar, en el caso de las familias con hijos menores, se vean interrumpido su curso escolar, es que estos no se efectuarán “antes del 31 de julio”.

A estas alturas, y tras la reunión que los parlamentarios de Ceuta y Melilla matuvieron con el subgobernador del Banco, Javier Aríztegui, el pasado 31 de enero, los trabajadores no tienen apenas esperanza de que el Banco central español de marcha atrás en una decisión que desde que se conoció, en noviembre pasado, ha calificado de irreversible y que basa en razones de “eficiencia” tanto económica como desde el punto de vista de los recursos humanos. “La acción política era el único resquicio que nos quedaba, pero ahora estamos empezando a asimilar lo que se nos viene encima”, concluye el representante de los trabajadores.
 


La institución avisa del cierre a los clientes a través del BOE

El Banco de España se ha dirigido, mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado martes “a todas aquellas personas y entidades que mantienen relaciones bancarias” con alguna de las sucursales de Ceuta, Logroño, Melilla, Pamplona, San Sebastián, Santander y Toledo, “al objeto de informarles de la operativa a seguir a causa del cese de operaciones y recabar, en su caso, las instrucciones particulares que aquellas estimen oportuno indicar al Banco de España con relación a los saldos y depósitos en general de los que puedan ser titulares”.

En ausencia de tales instrucciones, el Banco de España “aplicará el criterio de que los saldos y depósitos existentes en estas sucursales serán traspasados, sin cargo alguno ni modificación de las condiciones aplicables a los mismos, a los departamentos centrales del Banco de España en Madrid, con efectos del 1 de junio de 2011”, señala el anuncio.

Cuentas corrientes. Esta situación afecta a depósitos por honorarios de perito tercero (artículo 52 de la antigua Ley General Tributaria y 135.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, actualmente vigente; depósitos de alhajas; depósitos constituidos en aplicación de otras normas legales o reglamentarias; otros saldos y depósitos de efectivo y valores, incluidos aquellos sujetos a expediente de presunción de abandono.

La suscripción de Deuda Pública puede hacerse en el resto de sedes y a través de la web www.tesoro.es.
 

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