Un fuerte altercado por un pequeño accidente de tráfico pudo
acabar con dos mujeres condenadas a penas de prisión, pero
la Fiscalía aceptó ayer rebajarles la acusación a las dos a
cambio de que renunciaran a las indemnizaciones que les
hubieran correspondido por las lesiones. Las dos aceptaron y
fueron condenadas por una falta y no un delito de lesiones.
A una de ellas, además, se le retiró la imputación inicial
de un delito de amenazas. La jueza dictó una sentencia de
conformidad.
Dos mujeres aceptaron ayer ser condenadas por una falta de
lesiones por la que tendrán que pagar 60 euros de multa cada
una de ellas después de que el fiscal del caso retirara ayer
en la sala la calificación inicial de un delito de lesiones
por el que podían condenarlas a penas de entre seis meses y
un año de prisión.
El juicio estaba señalado por las diez y media de la mañana
de ayer en el Juzgado de lo Penal 2 de Ceuta por unos hechos
que se remontan a dos años atrás, al 3 de marzo de 2009. Ese
día, las acusadas, que respondían a las iniciales S.H.Y y
R.M.A, tuvieron un pequeño accidente de circulación con sus
vehículos, discutieron y acabaron agrediéndose mutuamente en
un suceso que ocurrió en la Marina España cerca ya de las
instalaciones del antiguo Hospital del Ingesa.
A la gresca
Tras el altercado, intervino una patrulla policial que
ofreció a las conductoras la posibilitad de presentar
denuncia. Las dos la formalizaron y se abrieron unas
diligencias en un juzgado de instrucción de Ceuta, lo que
motivó que tuvieran que ser examinadas por el médico
forense.
Las diligencias se tramitaron por dos delitos de lesiones y,
además, en el caso de S.H.Y. fue imputada de un supuesto
delito de amenazas. La otra mujer la acusó de haber
proferido amenazas de muerte contra ella e incluso contra su
marido, según indicaron fuentes judiciales.
La Fiscalía emitió un escrito de calificaciones
provisionales en el que imputó a las dos sendos delitos de
lesiones con penas de cárcel y la obligación de
indemnizaciones económicas a pagar a la parte contraria.
Los partes del médico forense habían situado la
responsabilidad legal de las acusadas en el límite legal de
lo que podía ser delito o falta. Finalmente, ayer, el fiscal
negoció con los abogados defensores una rebaja en las
peticiones de penas a cambio de que las acusadas renunciaran
a su aspiración inicial de obtener indemnizaciones. Los
letrados hablaron con sus defendidas y estas aceptaron el
acuerdo.
Por último, las partes entraron a la sala de vistas del
Juzgado de lo Penal 2. La jueza les preguntó formalmente si
aceptaban el pacto y las dos dijeron que sí. Después dictó
sentencia ‘in voce’, esto es, verbalmente, sentenciándolas a
cumplir 30 días multa con una cuota diaria de 2 euros hasta
cubrir un total de 60 euros. La magistrada les indicó que
por cada dos días multa no satisfechos, tendrían que hacer
frente a dos días de privación de libertad. La condena se
produjo por sendas faltas de lesiones establecidas en el
artículo 617 del Código Penal. La magistrada insistió a las
mujeres en la obligación que tenían de afrontar el pago de
la sanción económica e incluso les indicó cual es la entidad
bancaria en la que tienen que depositar el dinero.
Los juzgados de lo penal tienen la competencia en juzgar a
personas acusadas de delitos por los que pueden cumplir
hasta seis años de prisión, ya que para acusaciones más
elevadas es la Audiencia la que enjuicia.
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