PORTADA DE HOY
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economía - LUNES, 7
DE MARZO DE 2011 |
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carlos torrado. reduan. |
datos
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Un total de 354 ceutíes cobraron en
enero la Renta Activa de Inserción |
El
SPEE abonó 135.274 euros a los perceptores, que son
desempleados de larga duración, discapacitados,
emigrantes retornados a España y mujeres que han
sufrido malos tratos
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CEUTA
Luis Santiago
ceuta@elpueblodeceuta.com |
La RAI es una ayuda de 426 euros que el Gobierno ingresa a
varios perfiles de personas que pueden caer en riesgo de
exclusión social. La cantidad de perceptores varía
mensualmente porque cada persona la cobra un máximo de 11
meses y enero es el último mes en el que el SPEE tiene
contabilizados los datos.
Un total de 354 personas percibieron en enero la Renta
Activa de Inserción (RAI), una prestación que el Gobierno da
a los desempleados de larga duración, personas con
discapacidad, emigrantes retornados y víctimas de la
violencia de género. Cada perceptor cobra la cantidad de 426
euros mensuales, si bien esta no se puede prolongar más allá
de los once meses. El Servicio Público Estatal de Empleo (SPEE)
abonó el pasado mes de enero 135.274,88 euros a los
beneficiarios.
De las 354 personas que recibieron la prestación en la
Ciudad Autónoma de Ceuta en enero pasado, seis eran mujeres
que han sufrido la violencia machista. El año pasado, el de
2010, fueron diez las mujeres que se beneficiaron de la RAI.
El cobro de esta prestación por la víctimas de la violencia
doméstica fue establecido por la Ley Integral Contra la
Violencia de Género en 2004.
Para cobrar la ayuda, las víctimas de los malos tratos deben
acreditar su situación mediante certificación de los
servicios sociales de la administración competente o el
centro de acogida, por resolución judicial, orden de
protección y excepcionalmente en un informe del Ministerio
Fiscal. Cuando la mujer acredita ese problema, presenta una
solicitud en el SPEE acompañada de la documentación y luego
se establece una cita en área de formación y empleo de este
organismo en el que se le diseña un itinerario para su
inserción laboral. Así, la demandante tiene a su disposición
cursos, escuelas taller, casas de oficio y el servicio de un
orientador laboral.
En el caso de las que acceden a la prestación cuando hay
órdenes de protección, sentencias condenatorias o informes
de la Fiscalía, una comisión integrada por representantes de
la delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el
Centro Asesor de la Mujer y el Servicio de Atención a las
Víctimas del Ministerio de Justicia supervisa el
procedimiento para el acceso a este derecho.
Otro perfil de personas con derecho a percibir la RAI son
los parados de larga duración, que son personas sin trabajo
con 45 años de edad o más y los que lleven inscritos como
demandantes doce o más meses de forma ininterrumpida.
También se incluyen entre los beneficiarios, los
discapacitados con un grado de minusvalía del 33% o más, los
pensionistas por discapacidad y los discapacitados que
lleven 12 meses inscritos como demandantes de empleo o más.
El cuarto colectivo al que se le concede la RAI es el de los
emigrantes retornados cuando tienen 45 años o más han
trabajado seis meses en el extranjero desde la última salida
de España y han retornado en los 12 meses anteriores a la
petición, pero no se les exige llevar doce o más meses
inscritos en el SPEE.
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La ayuda le fue retirada a una mujer que cobró indebidamente
A finales del pasado mes de
febrero, el SPEE retiró el derecho al cobro de la RAI a una
mujer que denunció a su marido por malos tratos, pero que
estaba cobrando la ayuda mucho tiempo después de que él
fuera absuelto por un juez. La sentencia fue dictada el
pasado mes de octubre, y la mujer estuvo cobrando hasta
enero de 2011, según confirmaron fuentes judiciales. El caso
obligó a la comisión integrada por la delegada de Violencia
de Género, el Servicio de Atención a las Víctimas y el
Centro Asesor de la Mujer a alertar al SPEE para que cortara
el pago de los 426 euros mensuales. En años anteriores, se
produjeron en Ceuta otros casos que acabaron por detectarse
también. En estas situaciones, la sentencia absolutoria del
denunciado certifica que la denunciante está cobrando sin
que deba hacerlo.
En el caso de las que acceden a la prestación cuando hay
órdenes de protección, sentencias condenatorias o informes
de la Fiscalía, una comisión integrada por representantes de
la delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el
Centro Asesor de la Mujer y el Servicio de Atención a las
Víctimas del Ministerio de Justicia supervisa el
procedimiento para el acceso a este derecho.
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