La Oficina de Emancipación Juvenil ha puesto a disposición
de los ceutíes toda la información relacionada las ayudas
para el estudio en el extranjero, que tienen por objeto
favorecer el acceso a la educación en sus diversos niveles a
los ciudadanos españoles residentes en el exterior que
carezcan de medios económicos suficientes a través de
acciones para la formación desarrolladas en el exterior y
convocadas por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Podrán solicitar estas ayudas los españoles que acrediten al
menos cinco años de residencia en el exterior. Las ayudas
podrán ser solicitadas por los propios interesados o por el
padre o la madre, en el caso de los hijos menores de edad
que dependan económicamente de ellos, o por los tutores, en
el caso de los huérfanos. Se establecen varias modalidades
de ayudas y cuantías máximas anuales, que se reconocerán y
graduarán en función de las circunstancias económicas del
solicitante y del carácter, gratuito o no, de la enseñanza
en el país donde residan y cursen estudios los
beneficiarios. Para estudios primarios, hasta una cuantía
máxima de 300 euros mientras que los estudios medios o de
formación profesional contarán con un tope de 480 euros.
Para estudios universitarios y técnicos superiores, hasta
una cuantía máxima de 540 euros y los realizados por
personas con discapacidad física, psíquica o sensorial hasta
una suma de 600 euros. Para otro tipo de estudios, cuya
finalidad quede enmarcada en el objeto de estas ayudas, un
máximo de 540 euros. Estas ayudas podrán complementarse con
otra de 300 euros en el caso de que el estudiante resida, en
el país de acogida, en una localidad distinta a la del
domicilio familiar, siempre que se trate de estudios que no
se impartan en esta localidad. No se concederán estas ayudas
cuando se soliciten para la realización de estudios
universitarios de tercer ciclo.
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