La Consejería de Medio Ambiente elevará hoy al Pleno de la
Asamblea que comienza a las 10:00 horas la propuesta de la
Ordenanza Reguladora de la Ejecución subsidiaria de
sanciones económicas en materia de Medio Ambiente mediante
la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.
Esta medida se dirige a los ceutíes con edades comprendidas
entre los 16 y los 30 años y tiene como objetivo principal
enseñar el respeto del equipamiento y mobiliario de la
ciudad. Además, la consejera del área, Yolanda Bel, también
presentará otro documento sobre el buen uso de los espacios
públicos.
A partir de las 10:00 horas de hoy, el Pleno de la Asamblea
debatirá la propuesta de la consejera de Medio Ambiente y
Servicios Urbanos, Yolanda Bel, acerca de la Ordenanza
Reguladora de la Ejecución Subsidiaria de Sanciones
Económicas en materia de Medio Ambiente mediante la
realización de trabajos en beneficio de la comunidad. Bel ya
anunció el pasado viernes tras la celebración del Consejo de
Gobierno que esta iniciativa se presentaría a la sesión
ordinaria de hoy.
Así, el objeto de la Ordenanza consistirá en ofrecer una
alternativa a la ejecución de las sanciones económicas a
aquellas personas que realicen actos incívicos y que pongan
en peligro el medio ambiente. En el documento que presentará
la consejera hoy, se consideran trabajos en beneficio de la
comunidad a la prestación de la cooperación personal, no
retribuida, en determinadas actividades de utilidad pública,
con interés social y valor educativo. Estas labores podrán
desarrollarse en actividades propias de la Consejería de
Medio Ambiente. En cuanto al ámbito de aplicación se
refiere, la Ordenanza pretende aplicarse a mayores de 16
años y menores de 30 años. Se realizará a aquellas personas
que hayan sido objeto de una sanción administrativa
pecuniaria de este tipo y el procedimiento será sencillo. En
primer lugar, la aplicación de estos trabajos será
voluntaria, personal, gratuita y a petición del interesado
-con excepción de los reincidentes que no podrán acogerse al
procedimiento-.
La Consejería será la encargada de poner las condiciones
para hacer efectiva esta sustitución de multa por trabajo
comunitario y por lo tanto decidirá el número de jornadas a
realizar y también el de horas en las que se deberán prestar
estos servicios. Con el fin de determinar la equivalencia
del importe de la sanción económica y las horas de la medida
sustitutoria impuesta, se establecerá el precio/hora que se
deducirá de la aplicación del salario mínimo
interprofesional para los trabajadores no cualificados
temporales que se recoge para el año 2010 en el Real Decreto
1796/2010 de 31 de diciembre y cuyo importe asciende a un
precio/hora de 5,02 euros. Es decir, una jornada de 8 horas
supondrá 40 euros.
La duración máxima de los servicios en los menores de 16
años será de cuatro horas y para el resto, de ocho. En el
caso de mayores de edad, el cupo de trabajos será de dos
meses. Medio Ambiente será el área que determine la fecha y
el horario de realización y esta medida sustitutoria deberá
regirse, según reza el documento, por el principio de
flexibilidad, a fin de hacerla compatible con las
actividades diarias del infractor, En el caso de los
menores, no podrá suponer la imposibilidad de asistencia al
centro docente si el niño se encuentra en el período de
enseñanza obligatoria.
La consejera ya explicó el pasado viernes que esta medida
tiene un fin “didáctico y educativo” y el objetivo principal
es que los jóvenes aprendan y respeten el equipamiento,
mobiliario y espacios públicos para disponer de una ciudad
limpia y sin actos incívicos.
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Un técnico será el encargado de supervisar los servicios
comunitarios, como limpieza de zonas verdes
La Ordenanza la realización de
trabajos en beneficio de la comunidad cuando se produzca un
acto incívico hacia el medio ambiente incluye los trabajos
que los jóvenes con edadescomprendidas entre los 16 y 30
años deberán realizar. En primer lugar, el infractor deberá
asistir a una sesión informativa en lugar, fecha y horario
que determine la resolución. Después, los apartados de
actividades se dividen en la limpieza de zonas verdes, la
limpieza de papelera con esponja y agua en zonas verdes, las
tareas de limpieza en la vía pública, el repintado de las
zonas afectadas por la acción que ha sido objeto de la
infracción, la eliminación de carteles en parámetros
verticales o fachadas, el mantenimiento de equipamientos y
espacios públicos, la vigilancia de estos espacios y por
último, el apartado de “otros trabajos similares”. Además,
se designará a un técnico responsable que habrá de efectuar
un seguimiento y control de la efectiva realización de estos
trabajos y su correcto desempeño.
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