La Ordenanza para el Buen Uso del Espacio Público tiene dos
grandes apartados, uno sobre normas de conductas en la vía
pública y otro para el régimen sancionador.
La norma es muy precisa cuando establece que “los padres o
tutores responderán solidariamente del pago de las sanciones
derivadas de las infracciones cometidas por personas menores
de edad, por no haber evitado como garante la comisión del
hecho como establece el artículo 130.3 de la Ley 30/92 de 26
de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y el Procedimiento Administrativo Común”.
Los expediente sancionadores se abrirán a los menores y se
comunicarán a sus padres o tutores. Esta situación se puede
dar en casos como los destrozos de lunas en los autobuses,
desguaces de coches en plena calle o rotura de elementos
ornamentales que suelen ser las acciones de vandalismo
hechas por los menores de edad.
También cita la norma como responsables de infracción a los
titulares, propietarios o encargados de los locales donde,
sin tener autorización, se estén desguazando vehículos,
maquinaria y electrodomésticos.
En todos los casos de infracciones, leves, graves o muy
graves, la ordenanza faculta a la Policía Local para
intervenir y restablecer “la seguridad y tranquilidad” que
hayan perturbado la convivencia o la vida ciudadana
cotidiana.
En el caso del ‘botellón’ no autorizado, los agentes
procederán a intervenir las bebidas a los jóvenes y avisaran
a los servicios de limpieza para que acudan a retirar los
restos que queden en la vía pública.
Para los casos en los que la intervención policial se lleve
a cabo en lugares donde se produzcan “alteraciones
relevantes de la vida ciudadana”, la ordenanza recuerda la
aplicación de medidas recogidas en la Ley 1/1992, conocida
como ‘Ley de Seguridad Ciudadana’. Eso sí, la acción
policial deberá ser “congruente y proporcional al fin que se
pretende conseguir”. Se refiere a altercados en la vía
pública.
Además, los agentes del cuerpo de la Policía Local tendrán
que proceder a retirar e intervenir cautelarmente los
instrumentos empleados en los desguaces ilegales. En casos
de acampadas o asentamientos ilegales, retirarán los
utensilios, enseres y menajes.
Como en todas las normas que regulan la vida pública, la
ordenanza emplea el criterio de la graduación de la sanción
que ha de medirse en función del hecho infractor, la cuantía
de la sanción y la proporcionalidad entre ambos. Existe una
rebaja en el coste de las multas leves que consiste en un
reducción del 40% si se abona antes del inicio del
procedimiento administrativo o un 20% si se hace frente
antes de que se resuelva.
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