La titular del Juzgado de lo Penal ha dictado sentencia
contra un hombre al considerarlo culpable de un delito de
insolvencia punible. El acusado dejó de pagar un préstamo
bancario en 2003 y el Juzgado de Instrucción le había
requerido en varias ocasiones que presentase de aval una
licencia de taxi de la que era titular y que no presentó.
Un año de prisión, la inhabilitación especial para el
derecho de sufragio pasivo, una multa de más de 2.000 euros
euros y el abono del resto del préstamo que dejó de pagar
han sido las penas decretadas por la magistrada del Juzgado
de lo Penal número 1 para un hombre que ocupó el banquillo
de los acusados por un delito de insolvencia punible,
recogido en el artículo 257 del Código Penal, que castiga al
que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores y
a quien con el mismo fin, realice cualquier acto de
disposición patrimonial o generador de obligaciones que
dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un
procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial,
extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible
iniciación.
Según consta en el relato de acusación, el procesado
solicitó un préstamo de 2.400 euros el 14 de diciembre de
2001 a una entidad bancaria. Esta interpuso una demanda
ejecutiva contra el procesado el 10 de septiembre de 2003 ya
que el imputado había dejado de pagar dicho préstamo. Tres
años después, el 10 de diciembre de 2006, por orden judicial
se le embargó al acusado una licencia de taxi de la que era
titular aunque dicha licencia le había sido transferida a
una tercera persona. “No presenté como aval la licencia
porque era de mi hermano, no un bien mío”, alegó el acusado
durante el juicio celebrado el pasado 23 de noviembre.
Como testigo, el nuevo propietario de la licencia corroboró
que nunca le había pagado dinero al procesado por dicho
permiso. “Hice la gestión con un hermano suyo, no con el
propietario porque había fallecido. Pero este señor nunca
cobró nada de mí, ni siquiera recuerdo cuánto pagué”,
declaró. Por su parte, la jueza entiende que este es
culpable del delito que se le imputaba pese a que la defensa
alegó que su cliente no era titular de la licencia de taxi
que le requerían para pagar la deuda contraída con el banco
por el préstamo, que dejó de pagar en 2003 el acusado.
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