El Ministerio Fiscal y la acusación particular han
solicitado prisión y la inhabilitación profesional para dos
médicos del INGESA a los que imputan un delito de lesiones
por imprudencia grave. Al parecer, el denunciante sufrió un
accidente de circulación en febrero de 2004, por el que fue
diagnosticado de una luxación de rodilla. Según el relato de
acusación, el traumatólogo y el médico de urgencias que lo
atendieron le dieron el alta “precipitadamente”,
repitiéndose un nuevo ingreso en el hospital y la “falta de
asistencia a tiempo” provocó que el perjudicado padezca
ahora un 65% de minusvalía.
A expensas del escrito de la defensa y las compañías
aseguradoras para trasladar el procedimiento a los órganos
judiciales de lo Penal, el titular del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 3 ya tiene sobre su mesa los
informes de la acusación particular y el Ministerio Fiscal
que apuntan con el dedo a dos médicos del INGESA por el
delito de lesiones por imprudencia grave, supuestamente, la
“falta de asistencia a tiempo” a un ceutí tras un accidente
de tráfico cuya secuela se ha traducido en el 65% de su
minusvalía en la actualidad.
Los hechos se produjeron el uno de febrero del año 2004,
cuando el denunciante sufrió un accidente de circulación por
el que fue diagnosticado de una luxación de rodilla, siendo
dado de alta “precipitadamente” por uno de los médicos
acusados, en este caso, el traumatólogo que lo atendió.
Un día y medio después, y viendo que la lesión cobraba
especial relevancia, el perjudicado volvió a ingresar en el
hospital del INGESA alrededor de las 17:00 horas aunque “no
lo operaron hasta transcurridas doce horas después de haber
ingresado”. Como consecuencia de no haber llevado a cabo la
operación “a tiempo”, la arteria quedó estrangulada y la
pierna quedó sin sensibilidad desde la rodilla hacia abajo,
por lo que no se recuperó la reluxación. En términos
técnicos, una “parálisis completa muscular y varias ulceras”
que se han traducido en un 65% de minusvalía para el ceutí.
Por su parte, los dos imputados ya han alegado ante el juez
instructor del procedimiento que no hubo mala praxis en el
ejercicio de sus funciones.
Por todo estos hechos, el representante del Ministerio
Fiscal en la ciudad solicita la pena de un año y seis meses
de prisión para cada uno de los facultativos y la
inhabilitación para la profesión médica durante el periodo
de tres años. Mientras que la acusación particular ha pedido
dos años de cárcel tanto para el traumatólogo como para el
médico de urgencias y el mismo periodo de inhabilitación
profesional, es decir, durante tres años.
El delito de lesiones por imprudencia grave viene recogido
en los artículos 149 y 152 del Código Penal que penan al que
causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la
pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o
de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave
deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica.
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