El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dado la
razón al Ingesa al confirmar la posibilidad que ostenta la
Gerencia de reorganizar y reestructurar los servicios
sanitarios por motivos asistenciales. En este caso se
refiere a la preparación del sistema sanitario ceutí llevada
a cabo en el año 2009 como consecuencia de la gripe A.
La Justicia ha confirmado la posibilidad que ostenta la
Gerencia de Atención Sanitaria de reorganizar y estructurar
los servicios sanitarios por motivos asistenciales dentro de
la planificación de índole preventiva que se llevó a cabo en
todo el país en el año 2009 como consecuencia de la gripe A.
Así lo informa el Ingesa en una nota de prensa en la que la
sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, declara “ajustada a derecho” la
resolución por la que se organiza la atención sanitaria por
alta frecuentación. Y es que, para la gripe A, el sistema
sanitario ceutí también “se preparó para la llegada de la
entonces pandemia. Esto conllevó consigo una reorganización
y reestructuración de los servicios sanitarios por motivos
asistenciales y que tenía como único fin preparar dichos
servicios ante esta enfermedad y sus posibles síntomas en la
población ceutí”. Sin embargo, esta organización originó
“ciertas críticas, cuyos protagonistas consideraban que se
utilizó la pandemia para asignarles más disposición de la
Administración sanitaria en situación de crisis, catástrofe
o emergencia. Afortunadamente no se llegó a producir”.
Según Ingesa, se debía “velar porque todo estuviese
preparado por si la pandemia hacía estragos en la
población”. El TSJA ha considerado que la “distribución
horaria fue estrictamente organizativa, al ser configurada
dentro de la jornada laboral preestablecida y dentro del
tiempo de trabajo de los facultativos”.
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