El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha
enviado a las Comunidades Autónomas el borrador del Real
decreto que regulará la autorización de dispensación de
determinados medicamentos por parte del personal de
enfermería. Para los fármacos no sujetos a prescripción
médica se emplearán guías y protocolos consesuados entre
médicos y enfermeros.
El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha
enviado a las comunidades autónomas el borrador de real
decreto que regulará la autorización de dispensación de
determinados medicamentos por parte del personal de
enfermería. Este real decreto es consecuencia de la Ley
28/2009 de 30 de diciembre, por la que se modificaba la Ley
29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos con
el objeto de que las enfermeras pudieran indicar, usar y
autorizar la citada dispensación de medicamentos, según
remite en nota de prensa la Delegación de Gobierno. Esta
dispensación se hará de manera autónoma en el caso de los
medicamentos no sujetos a prescripción médica y los
productos sanitarios, mientras que para los que necesiten de
prescripción médica se utilizarán guías y protocolos. Estos
serán consensuados entre médicos y enfermeras en el caso de
los medicamentos que están sujetos a prescripción médica.
El real decreto enviado a las CCAA regula la manera de hacer
efectiva esta ley mediante la constitución de una Comisión
de protocolos, guías de práctica clínica y acreditación que
establezca los criterios y pautas para la elaboración éstos,
así como del proceso de acreditación por el que tienen que
pasar las enfermeras para poder realizar la indicación, uso
y autorización de la dispensación de medicamentos. Las guías
y protocolos elaborados deberán ser validados por parte de
la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. Por
otra parte se constituirán dos comités técnicos, uno de
protocolos y guías de práctica clínica, y otro de
acreditación que elaboren las propuestas en su ámbito que
validaría la Comisión.
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