Si a cualquiera de ustedes les
denuncian en la Comisaría o en el Juzgado por cualquier
hecho, desde el contrario en un accidente de tráfico, a la
Policía en un control de alcoholemia por un positivo ; desde
la vecina porque su perro ladra, a un adversario político
que le monta una historia para chingarle, en una palabra,
siempre que se abren unas Diligencias Previas en el Juzgado
para investigar los hechos que han motivado una denuncia, el
denunciado, al que se llama a declarar, es “el imputado”.
Es “imputado” porque ha sido denunciado. Tengan siempre en
cuenta que un “imputado” nunca, jamás, es un condenado. Para
que una persona sea condenada y pueda ser considerada
culpable de cualquier tipo de delito, esa persona, tiene que
haber recibido un escrito de acusación del Fiscal, responder
con un escrito de su abogado defensor, ir al juicio oral,
ser condenado en el juicio oral, lógicamente recurrir por no
estar de acuerdo (nadie jamás está de acuerdo con que le
condenen), bien a la Audiencia Provincial bien al Tribunal
Supremo y que allí digan que la condena inicial es correcta
y que el individuo no tiene razón para recurrir y que lo
único que está haciendo es perder el tiempo.
O no. Porque el Tribunal Superior puede decir que el que
recurre tiene razón y que quien le condenó no la tiene. Pero
puestos a definir al “condenado” es el que tiene una condena
por una sentencia firme.
Explico malamente y en tono coloquial, porque la
judicialización de la vida pública, de la política y de las
tertulias del Sálvame, han dado lugar a una nueva especie
jurídica, ya saben, la de los maestros liendres que “de ná
saben y de tó entienden” y se dicen auténticas majaderías.
El consejero de Fomento declaró como “imputado” porque los
vecinos, molestos por los ruidos, le denunciaron. Y cuando a
uno le denuncian y le llaman a declarar lo hace como
“imputado” y obligatoriamente tiene que ir con abogado, para
que su declaración tenga validez y nunca se encuentre
indefenso y sin asesoramiento. Son las garantías legales de
las que disfrutamos los españoles. ¿Qué que culpa tiene el
consejero de que la terraza fuera ruidosa? Ninguna. Dio la
licencia y nada más, el control de ruidos con los aparatos
corresponde a la Policía Local y es la única ocasión de la
que he tenido noticias en la que, el vecindario, en lugar de
denunciar al bar con las pruebas periciales de ruidos en
mano , exigiendo su cierre, denuncian al concejal que da la
licencia de apertura.
Pero lo más curioso es que el consejero multó al bar por no
ajustarse a los términos y el Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía le desautorizó, porque él no es nadie para
sancionar.
Un denunciado, al declarar ante el Juez lo hace como
“imputado” y pueden pasar dos cosas, que el Juez siga
adelante con la denuncia o que esta se archive y entonces
cesa la imputación. Y este “imputado” puede reaccionar
denunciando a su vez a los primeros denunciantes por
“denuncia falsa” y entonces el Juez llamará a declarar a los
primeros denunciantes, pero ya como denunciados y estas
personas tendrán que declarar con abogado y en calidad de
“imputados”.
Cualquiera que sea denunciado, por cualquier hecho, desde el
más absurdo hasta el más escabroso, cuando es llamado a
declarar ante la Autoridad Judicial lo hace como “imputado”
y en compañía de su abogado para que no le líen y porque a
ello obliga la Ley.
¿Qué preguntan? ¿Qué si por el hecho de haber sido objeto de
una denuncia y declarado como “imputado” queda algún
antecedente? No. Si la denuncia se archiva por carecer de
fundamento no queda absolutamente nada. Quedan, eso sí, el
mal rato, las molestias y la irritación que causa el que,
cuatro lenguetones ignorantes confundan “imputado” con
“procesado” que es el que es acusado por un Auto de
Procesamiento o “condenado” que es el que lo ha sido por una
sentencia firme. Opino que, con tanta judicialización de la
vida pública y política, el que más y el que menos, pero
sobre todo los cotillas que no dejan parar a la sinhueso,
deberían comprarse algún texto jurídico serio y que
corresponda a su nivel intelectual, yo les aconsejaría “El
abogado en casa”.
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