A petición de la acusación particular y el Ministerio
Fiscal, la Compañía de Seguros Zurich ya ha entregado en el
juzgado un aval de 500.000 euros en el ‘caso de los
neonatos’, sólo pendiente de fecha de juicio para aclarar
qué ocurrió con los dos prematuros fallecidos en el INGESA
en 2006. Tal cifra representa la responsabilidad civil
directa y solidaria por las muertes y los daños morales a
los progenitores, por la que también responden, y personadas
en la causa, el propio INGESA y la Agrupación Mututal
Aseguradoras (AMA), con la que los acusados tienen suscrito
el seguro general de su actividad.
Un aval de 500.000 euros, ya entregado en el juzgado,
respondería, en caso de condena, por los daños morales y las
muertes de los dos neonato fallecidos en el INGESA en 2006,
cuya fecha de celebración de juicio es lo único que queda
pendiente puesto que la instrucción del caso ya ha
finalizado después de cuatro intensos años de presentación
de pruebas documentales y testimoniales.
Tanto la acusación particular como el Ministerio Fiscal en
la ciudad autónoma interesaban acordar para la
responsabilidad civil directa y solidaria de los acusados,
el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y la
Compañía de Seguros Zurich, esta última es la que ha
presentado la cuantiosa cifra económica. Aunque en la causa
también se ha personado la como aseguradora la Agrupación
Mutual Aseguradora (AMA), con la que los dos acusados tienen
suscrito el seguro de responsabilidad civil general de su
actividad.
El 29 de noviembre de 2006, sobre las tres de la madrugada,
la madre de los bebés ingresó en el hospital aquejada de un
dolor que, desde el Servicio de Urgencias y dado que su
dilatación para el parto era completa, fue remitida al
Servicio de Ginecología para efectuar una ecografía.
Relato de los hechos
Sobre las 03.25 horas, se produjo el alumbramiento del
primer feto, mujer de 490 gramos de peso; y las 03.35 horas,
la expulsión del segundo, varón de 475 gramos. Ambos
nacieron vivos. En el Registro Sanitario del peso consta que
el varón nació con “550 gramos, y rectificado con el porta;
sin él, 490”. El Registro Sanitario de la mujer consta con
tachadura antes del sexo un peso de 520 gramos y añadido
fuera del recuadro, “con el porta; sin el peso, 475 gramos”.
Así pues, “se constata error aritmético atribuyendo al porta
(bandeja del peso electrónico) en un caso un peso de 45
gramos y en el otro, de 60. También el error en la
determinación del sexo”, esgrime el Ministerio Público.
Según lo narrado por la fiscal, el primer acusado llamó al
segundo por teléfono, el cual suministró información errónea
de fetos de 24 semanas, concluyendo ambos de común acuerdo,
sin más comprobaciones, la inviabilidad, de la que se deriva
la limitación en la intervención con los recién nacidos, en
una modalidad extremó que acabó con una agonía mortuoria de
más de diez horas a la que no se aplicó ningún paliativo.
Imputación
Los acusados, actuando en calidad de reanimador neonatólogo
uno, y de pediatra otro, realizaron la valoración de
inviabilidad de los fetos con datos obtenidos antes del
alumbramiento.
A este respecto, la fiscal argumenta que “obviaron otros
medidores habituales llevando a cabo los cálculos a simple
vista y ojo clínico”. En teoría, los recién nacidos tenían
retraso en el crecimiento intrauterino y una edad
gestacional superior a las 25 semanas, por tanto, “lo
aconsejable hubiera sido una conducta activa”, apostilla la
fiscal es su escrito.
Resultado de muerte
La falta de control en la evolución impidió que, en su caso,
se estudiase la posibilidad o se adoptara alguna decisión
acerca de la incubadora, respiración o calor ventilatorio
dentro de una línea de intervención activa a fin de
recuperar la vitalidad. Además, la decisión inicial de los
acusados “no fue consensuada con los padres, quienes ni
fueron informados ni consintieron”.
La consecuencia directa del error, tanto en la forma como en
el resultado del cálculo de la edad gestacional, de la falta
de control, de la no realización de pruebas y de
seguimiento, fue la muerte. “Omitieron tomar otras medidas
dentro de las precauciones exigibles, como evacuar a los
recién nacidos a otro centro o reclamar la presencia de un
especialista. Al cúmulo de irregularidades hay que añadir el
enterramiento sin identificar y sin registrar e la Sección
del Registro Civil de criaturas abortivas”, concluye en su
calificación, la representante del Ministerio Fiscal en la
ciudad.
Será el Juzgado de lo Penal el que celebre el juicio por
este caso.
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