Tener concedido el derecho al asilo y la tarjeta amarilla en
vigor, y presentar un recurso favorable del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para circular
libremente por el territorio español son los requisitos con
los que “actualmente” podrían beneficiarse once inmigrantes
de la ciudad para poder cruzar a la península y evadir lo
establecido por el Tratado Schengen, en base al cual tenían
prohibido los inmigrantes abandonar Ceuta.
La situación de los inmigrantes que actualmente poseen la
tarjeta amarilla, que les reconoce que ha sido admitida a
trámite su petición de asilo en España, pende de un fino
hilo. Tal es el caso, que sólo 11 de los 32 extranjeros que
la poseían en Ceuta, la tienen vigente, ya que a la mayoría
se les ha denegado su petición. Aunque no sólo esto es
suficiente para que los agentes del Cuerpo Nacional de
Policía les permitan cruzar el Estrecho y pasar al
territorio peninsular, pese a una sentencia emitida esta
semana por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)
en la que reconocía a un inmigrante en esta situación su
derecho a la libre circulación y residencia en España,
contradiciendo lo establecido por el Tratado Schengen, en el
que se basa la Delegación del Gobierno para prohibir su
desplazamiento.
Tal y como declaró ayer mismo el jefe superior del Cuerpo
Nacional de Policía, José Luis Torres, “si alguien se
presenta en el puerto con la sentencia, puede ser sometido a
control, comprobándose la validez de la tarjeta amarilla que
presenten. Luego, que sea el titular o no de la sentencia,
porque sabemos que se han planteado más recursos pero
corresponde a los solicitantes o recurrentes el pedir la
extensión de dicha sentencia del TSJA, para ser
beneficiarios de ella. Sólo en este caso podríamos permitir
el paso del individuo”, concretó Torres revelando que, de
momento, no se ha dado ningún caso en el puerto ceutí. Por
lo que sólo 11 inmigrantes de la ciudad podrían, una vez
cumplidos todos estos requisitos, circular libremente por el
territorio nacional
Con respecto a la valoración de la sentencia dictada por el
TSJA, tanto el jefe superior del Cuerpo Nacional de Policía
como el delegado del Gobierno, José Fernández Chacón,
explicaron que los servicios jurídicos centrales de Madrid,
la estaban “analizando” y que correspondía a la Dirección
General de Política Interior y a la Oficina Central de Asilo
marcar las directrices de actuación en esta materia. “Se
está estudiando la sentencia para ver el alcance de la
misma”, apuntó Fernández Chacón.
Con respecto al fallo judicial favorable a un inmigrante de
Ceuta, que interpuso un recurso de apelación ante la
sentencia emitida por el Contencioso-Administrativo de que
le prohibía cruzar el Estrecho, Fernández Chacón fue muy
claro. “En el caso de que un inmigrante cualquiera se
presente en el puerto con la intención de cruzar para la
península con la tarjeta amarilla, no está en las mismas
condiciones que el concreto que presentó el recurso ante el
TSJA”. Y es que a juicio del delegado del Gobierno, “tan
sólo lo es un caso pero habrá más. No sabemos si el resto de
sentencias que deban dictarse sean iguales o parecidas
porque son diferentes salas. Esa sentencia avala a ese
ciudadano pero, al mismo tiempo, la tarjeta amarilla que
poseía ya carece de vigencia, por lo que la interpretación
será de los agentes del control fronterizo, no del delegado
del Gobierno”.
En el caso de que cualquier otro ciudadano quiera hacer uso
de dicha sentencia al poseer la tarjeta amarilla “tendría
que pedir una extensión de la ejecución de la misma” ante el
tribunal competente” que, al entender de Chacón, es el TSJA.
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