La titular del Juzgado de lo Penal número 1 dictó ayer
sentencia absolutoria a favor de un hombre que ocupó el
banquillo de los acusados por un delito de amenazas en el
ámbito familiar que le imputaba la representante del
Ministerio Fiscal en la ciudad.
Al no tener pruebas que rompiesen el principio de presunción
de inocencia, ya que tanto el acusado como la supuesta
víctima se acogieron a su derecho a no prestar declaración
durante el juicio, la magistrada dictó sentencia absolutoria
‘in voce’.
Lo que sí consideró probado la jueza durante el juicio fue
que el 29 de julio de 2008 la pareja mantuvo una discusión
en el domicilio familiar, en la que ambos se insultaron
mutuamente aunque no quedó constancia de que en la disputa
se profirieran amenazas por parte del encausado.
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