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sucesos - VIERNES,22 DE OCTUBRE DE 2010


La magistrada del Juzgado de lo Penal.

sentencia
 

La Justicia vuelve a dar la razón a 35 subsaharianos, absueltos de la desobediencia

La magistrada de lo Penal considera que no hubo delito en la segunda concentración de los inmigrantes en la Plaza de los Reyes
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La titular del Juzgado de lo Penal ha dictado sentencia absolutoria a favor de los 35 subsaharianos que fueron detenidos, por segunda vez, en la Plaza de la Constitución tras la resolución dictada por el Gobierno, que las consideraba ilegales. A este respecto, la jueza considera que dicha medida tuvo una fecha concreta y que los inmigrantes no desobedecieron a la autoridad ya que su concentración fue pacífica, por lo que queda amparada bajo la protección de la Constitución.

Una vez más, los inmigrantes han ganado una batalla a favor de los derechos fundamentales. O, por lo menos, así lo ha considerado la Justicia, que ha absuelto a los 35 subsaharianos del delito de desobediencia grave a la autoridad que les imputaba el Ministerio Público, tras la segunda concentración en la Plaza de los Reyes.

Con esta sentencia absolutoria dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 1, los tribunales ceutíes vuelven a insistir en que, tal y como ocurrió con la falta de desobediencia, la resolución adoptada por Delegación de Gobierno para prohibir las manifestaciones del colectivo quedaba sin efecto en las detenciones posteriores, ya que el documento refería una fecha concreta, el 6 de septiembre, por lo que no era efectiva el 10, segunda intervención.

Pero más aún, y atendiendo a los alegatos de la defensa desde el principio de este problema “de forma”, la jueza considera que en la fecha de los hechos, los subsaharianos estaban reunidos en la Plaza de los Reyes, y que este derecho está amparado en el artículo 21 de la Constitución Española. “Derecho que prima si no se pone en peligro la alteración del orden público y la seguridad ciudadana”, que en este caso, brilló por su ausencia. Además, la voz de la Justicia en este procedimiento también ha acudido a la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considerando que los inmigrantes poseen este derecho “en las mismas condiciones que los españoles”.
 

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