Dos años de prisión que fueron sustituidos por la condición
de no regresar a Ceuta ni volver a delinquir durante el
periodo de tres años son las penas a las que deberá hacer
frente un hombre que reconoció ante el tribunal de la
Audiencia Provincial haber cometido un delito contra el
derecho de los ciudadanos extranjeros. El imputado confesó
haber escondido a un extranjero en el motor de su furgoneta.
Los magistrados de la Sección VI de la Audiencia Provincial
de Cádiz en Ceuta dictaron ayer sentencia condenatoria para
un hombre que confesó ser el autor de un delito contra los
derechos de los extranjeros, tipificado este en el articulo
318 del Código Penal.
Por ello, el acusado debía hacer frente a la pena de dos
años de prisión solicitada por el representante del
Ministerio Fiscal en la ciudad, aunque, al carecer de
antecedentes penales, el juez aplicó los beneficios de la
condena condicional por lo que el imputado no podrá regresar
a Ceuta ni volver a cometer ningún delito en el periodo de
tres años.
Los hechos se produjeron el pasado 4 de abril en la zona de
preembarque de vehículos de la Estación Marítima cuando los
agentes de la Guardia Civil descubrieron que en la furgoneta
Renault en la que viajaba el procesado, se encontraba oculta
una persona indocumentada en la zona del motor. A juzgar por
el estado del que bajo del vehículo, las autoridades
judiciales manifestaron que dicho extranjero pudo haberse
introducido en el turismo en la ciudad autónoma con el
objetivo de cruzar el Estrecho.
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