En concreto, Lara recordó que en un informe del Ministerio
de Presidencia, amparado en la sentencia 214/2006 del
Tribunal Constitucional y en la jurisprudencia del Tribunal
de Justicia de las Comunidades Europeas, apuntaba que “una
vez la persona interina es candidata en un proceso
selectivo, la situación de maternidad no puede ser óbice
para su nombramiento o contratación”. En la misma línea, la
Organización de Mujeres de STEs ha presentado una consulta
al Ministerio de la Presidencia, que dictamina que “para la
contratación de las profesoras interinas en situación de
maternidad, debe producirse la toma de posesión y a
continuación seguir disfrutando del permiso por maternidad”.
En un comunicado de prensa, Lara apuntó que este problema no
se ha dado por el momento en Melilla gracias a la
“sensibilidad” de la Dirección Provincial del Ministerio de
Educación. Sin embargo, esta normativa, contemplada en la
orden que rige la contratación del profesorado interino en
Ceuta y Melilla, “se mantiene vigente año tras año”, lo que
obliga a “plantear la discriminación que puede generar
determinada interpretación de la redacción de una normativa
del Ministerio de Educación”. “Además, no estamos libres de
que Madrid intente imponer esta interpretación, como ha
hecho en el caso de la reordenación de las listas”, siguió
diciendo Lara, que recordó las numerosas veces que SATE-STEs
ha pedido a la Dirección Provincial del Ministerio de
Educación que vele por asegurar la igualdad de derechos, la
igualdad de trato y de oportunidades en la contratación del
personal docente interino. Lara justificó la actuación del
sindicato, que opina que “la redacción de la Orden que rige
la contratación de profesorado interino puede dar lugar a
situaciones que atentan contra la igualdad de las interinas
que se encuentran en el periodo de licencia por maternidad”
frente a los hombres. SATE-STEs instó al Ministerio a la
redacción de una nueva orden “en los términos adecuados,
tanto en este como en otros aspectos en los que se han
generado situaciones atentatorias contra los derechos del
profesorado interino”.
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